DGII y EE.UU. implementan acuerdo para intercambio automático de información bancaria
Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la entrada en vigor de un acuerdo bilateral con Estados Unidos que permitirá el intercambio automático de información sobre cuentas bancarias reportables de ciudadanos y residentes de ambos países. Esta medida busca fortalecer el cumplimiento tributario internacional y la aplicación de la Ley FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act), ratificada por el Congreso Nacional dominicano.
¿Qué implica el acuerdo entre República Dominicana y Estados Unidos?
El convenio establece un sistema automatizado para el intercambio de datos sobre cuentas financieras entre las autoridades fiscales de Estados Unidos y República Dominicana. En este marco, las entidades financieras dominicanas deberán identificar y reportar las cuentas de personas físicas, jurídicas y fideicomisos estadounidenses al Servicio de Impuestos Internos (IRS) de EE.UU., detallando movimientos, saldos y otras operaciones relevantes.
De igual manera, el gobierno estadounidense remitirá información sobre cuentas bancarias de residentes dominicanos mantenidas en instituciones financieras norteamericanas. Este intercambio bilateral fortalece la transparencia fiscal y combate la evasión tributaria internacional.
Consecuencias para bancos dominicanos que no cooperen
El acuerdo advierte que las instituciones financieras que no cumplan con la entrega de información serán clasificadas como no cooperantes. Esto conllevará una retención del 30% sobre todas las transferencias recibidas desde Estados Unidos, tanto directas como indirectas. Esta medida busca garantizar la adhesión plena al convenio y proteger la integridad del sistema fiscal.
Marco legal y tecnológico para la implementación
El Ministerio de Hacienda, a través de la Resolución n.º 137-2014, delegó en el Director General de Impuestos Internos la autoridad para administrar los convenios internacionales destinados a evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal, incluyendo el Acuerdo FATCA-IGA.
En 2017, la DGII adquirió una plataforma tecnológica avanzada para facilitar el intercambio automático de información financiera. Esta herramienta recopila datos suministrados por las instituciones financieras locales y los remite al IRS estadounidense.
Ese mismo año, la DGII capacitó a los sectores financieros dominicanos en el uso de la plataforma y los formatos de reporte, asegurando el correcto cumplimiento del acuerdo. Además, esta infraestructura tecnológica permitirá en el futuro el intercambio automático de información con más de 130 jurisdicciones bajo la Convención Multilateral promovida por la OCDE, una vez entre en vigencia.
Antecedentes y contexto internacional de la Ley FATCA
La Ley FATCA fue aprobada por el Congreso de Estados Unidos el 18 de marzo de 2010. Su propósito es identificar a ciudadanos y residentes estadounidenses que poseen activos financieros en el extranjero, garantizando la veracidad de sus declaraciones fiscales y la correcta aplicación de retenciones impositivas.
Además de República Dominicana y Estados Unidos, otros países miembros del Tratado de Libre Comercio DR-CAFTA como Costa Rica, Guatemala, Honduras, Nicaragua y El Salvador también participan en acuerdos similares para fomentar la cooperación fiscal y comercial.
DR-CAFTA: objetivos y vigencia en República Dominicana
1. Objetivos del tratado
El tratado de libre comercio tiene como meta principal estimular la expansión y diversificación del comercio regional, promoviendo un entorno favorable para la inversión y el desarrollo económico.
2. Entrada en vigencia
Para la República Dominicana, el DR-CAFTA entró en vigencia el 1 de marzo de 2007, consolidando vínculos comerciales con Estados Unidos y otros países centroamericanos.
3. Principio de igualdad
El capítulo 10 del tratado establece que los Estados miembros deben otorgar condiciones equitativas a los extranjeros y nacionales, garantizando un trato justo y no discriminatorio en materia comercial y tributaria.





