Santo Domingo, RD.- La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, apoderada para conocer de la Acción de Amparo en contra de la Resolución de la JCE de ARRASTRE que niega el derecho a elegir libremente en el Distrito Nacional, la Provincia de Santo Domingo y cuatro provincias más, al senador y a los diputados, presentada por el jurista Ángel Lockward, fue aplazada para el 15 de julio del 2019.
La Magistrada acogió una solicitud de la JCE para comunicación de documentos a la que se opusieron el Accionante y el PQDC por entender que se trataba de una táctica dilatoria para retrasar e conocimiento de un expediente que una estaba instruido en el que solamente se discute, un documento ya conocido cuto texto como norma general fue publicado en la prensa.
La Magistrada que presidió, LUISA DEL CARMEN CANAAN, al conceder cinco (5) días a las partes, para el depósito de piezas, ordenó que depositaran sus escritos de conclusiones, asombrando a los abogados presentes.
Al término de la audiencia el Dr. Lockward, consultado sobre la misma declaró que, en el TSA, instancia que ponderó positivamente, se vienen conociendo los casos con un retraso que constituye denegación de justicia, en unos casos y en otros, violación a la Ley 137-11.
Refirió que la semana pasada recibió la notificación de la sentencia No. 0030-03-2019-SSEN-00145 que conoció en contra de la Resolución No. 05-2015, interpuesto el 29 de mayo del 2019 por el PLD, declarado por dicho tribunal IDAMISIBLE, cinco (5) años más tarde por carecer de objeto: es un ejemplo típico de denegación de justicia, pues esa resolución fue para el proceso del 2016.
Indico que de igual manera, el tribunal desnaturaliza el amparo cuando actúa como en un caso presentado como preventivo de extrema urgencia a finales de noviembre para prevenir la inejecución de la Ley General de Presupuesto del 2019 y, el tribunal fijó la audiencia de conocimiento para el mes de febrero, dos meses después de que la Ley cesó, en el caso del señor Bruno Díaz.
Este tribunal, indicó, debe conocer la violación al derecho del voto de manera libre, sin arrastre, en tanto la resolución de la JCE viola los artículos 22, 39, 40, 75, 138, 208 y 212 de la Constitución, de lo demás, será la ciudadanía en última instancia quien juzgará, si los tribunales no son garantía de los derechos, por temor, ignorancia o cualquier otra razón, concluyó.
Mañana a partir de las nueve de la mañana, el TSA tiene enrolado conocer el Amparo en contra de la misma resolución interpuesto por Vinicio Castillo y varios ciudadanos.