Junta Central Electoral aprueba cuota de equidad de género para elecciones municipales y congresuales 2020
Santo Domingo, RD.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) ratificó este martes la resolución que establece la distribución obligatoria de la cuota de equidad de género en las candidaturas para regidores, suplentes, vocales y diputados en las elecciones generales ordinarias del año 2020.
Resolución No. 28-19: Porcentaje mínimo y máximo de candidaturas femeninas y masculinas
La Resolución No. 28-19, aprobada por el Pleno de la JCE, determina que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos deben respetar un rango de 40% mínimo y 60% máximo en la presentación de candidaturas femeninas y masculinas. Esta medida aplica tanto para los cargos municipales -regidores, suplentes de regidores y vocales-, como para las diputaciones que se elegirán en las elecciones presidenciales y congresionales de mayo 2020.
De esta forma, se busca garantizar una representación justa y equilibrada de ambos géneros en las contiendas electorales municipales y legislativas.
Distribución de candidaturas para regidores y diputados
Según la distribución oficial del Pleno de la JCE, los partidos políticos deberán postular un mínimo de 466 y un máximo de 698 candidatos, entre hombres y mujeres, en las demarcaciones municipales correspondientes a regidores y suplentes.
En cuanto a las candidaturas para la Cámara de Diputados, que deben ser depositadas en la JCE a más tardar el 3 de marzo de 2020, se estableció que los partidos presentarán entre 93 y 137 candidatos por género, respetando la cuota de equidad de género.
Candidaturas para el Parlamento Centroamericano (PARLACEN)
La resolución también contempla que la misma distribución de género se aplique a los suplentes de los representantes del Parlamento Centroamericano (PARLACEN). Esto garantiza que exista paridad tanto en titulares como en suplentes de esta instancia regional.
Proceso de selección y presentación de candidaturas
El Pleno de la JCE indicó que las candidaturas deben provenir preferentemente de los procesos internos de los partidos políticos: primarias, convenciones o encuestas. Solo en caso de que una organización no haya completado la totalidad de candidaturas en estos mecanismos, se permitirán nuevas propuestas, siempre garantizando la inscripción de quienes participaron en dichos procesos internos.
Instrucciones para Juntas Electorales y Direcciones de Elecciones
Finalmente, la JCE instruyó a las Juntas Electorales a cumplir estrictamente con lo establecido en la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, en lo relativo a la equidad de género.
Asimismo, ordenó a las Direcciones de Elecciones e Informática implementar los controles necesarios en el sistema automatizado para la gestión de pactos, alianzas y candidaturas, asegurando así el cumplimiento efectivo de la resolución.
Esta medida clave fortalece la participación equilibrada de hombres y mujeres en los procesos electorales dominicanos, reafirmando el compromiso institucional con la igualdad de género en la política nacional.

