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El mandatario designó a Homero Argel Figuero Guílamo como director del Sistema de Comunicación Gubernamental y a Daniel García  Archibald, director de Prensa del Presidente

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El presidente Luis Abinader, a través del decreto 542-21, suprimió la Dirección General de Comunicación (DICOM), la Dirección de Información, Análisis y Programación Estratégica (DIAPE) y la Dirección de Información y Prensa de la Presidencia.

De acuerdo al mandatario la coordinación y ejecución de las políticas de comunicación del Poder Ejecutivo deberán estar en una sola estructura.

El órgano encargado de la comunicación del Poder Ejecutivo es el “Sistema de Comunicación Gubernamental”, a cargo de la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental, para la coordinación de las políticas de comunicación de los distintos entes y órganos del Poder Ejecutivo.

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Asimismo Abinader creó la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental, bajo la dependencia del Ministerio Administrativo de la Presidencia, con la función de coordinar la ejecución de las políticas de estrategia y comunicación del Poder Ejecutivo.

De igual forma, Abinader creó  la Dirección de Prensa del Presidente, bajo la dependencia directa del Ministerio Administrativo de la Presidencia, con la función de gestionar las acciones comunicacionales del presidente de la República e informar sobre las actividades del presidente de la República y sus funcionarios.

El mandatario designó a Homero Argel Figuero Guílamo como director del Sistema de Comunicación Gubernamental y a Daniel García  Archibald, director de Prensa del Presidente.

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“La Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental organizará su estructura y reglamento internos, en coordinación con el Ministerio de Administración Pública (MAP), y de conformidad con los lineamientos de la Ley núm. 247-12 Orgánica de la Administración Pública”, dice el decreto.

El decreto informa que la Dirección de Estrategia y Comunicación Gubernamental asumirá el personal, las partidas presupuestarias y los bienes que correspondían a los órganos anteriores, para lo cual deberá coordinar con el Ministerio de Administración Pública (MAP), la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES) y la Dirección General de Bienes Nacionales, respectivamente.

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