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El toque de queda para el Gran Santo Domingo y otras 13 provincias será de 7 de la noche a cinco de la mañana de lunes a viernes, mientras que sábados y domingos el horario dispuesto es de cinco de la tarde a 5 de la mañana, de acuerdo al decreto 266-20 del presidente Danilo Medina.

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En tanto, las provincias donde el coronavirus está más controlado, el horario será de 8 de la noche a cinco de la mañana todos los días, hasta el próximo 10 de agosto puesto que el decreto dispone la aplicación de las medidas por 20 días a partir de este martes 21 de julio.

De acuerdo al citado decreto, además del Gran Santo Domingo, el primer horario será establecido a las provincias de Santiago, San Cristóbal, La Vega, Puerto Plata, Duarte, San Pedro de Macorís, La Romana, San Juan de la Maguana, La Altagracia, Azua, Monseñor Nouel, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.

En tanto que se establece el toque de queda todos los días de la semana de 8:00 pm a 5:00 a.m. en Espaillat, Peravia, Barahona, Monte Plata, Valverde, Hermanas Mirabal, Monte Cristi, Samaná, Bahoruco, Hato Mayor, El Seibo, Dajabón, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña e Independencia.

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El decreto establece que el toque de queda entrará en vigencia a partir del 21 de julio del año en curso por un período de 20 días, a cuyo término se revisará la medida en función de la evolución epidemiológica del COVID-19 en el país.

Asimismo, se ratifica el uso obligatorio de mascarilla en lugares públicos y en lugares privados de uso público como medida esencial para controlar la propagación del COVID-19 cuyo incumplimiento será sancionado con las disposiciones que establece la Ley núm. 42-01. General de Salud.

El presidente Danilo Medina declaró en estado de emergencia en el territorio nacional por un período de 45 días a partir de este lunes, 20 de julio de 2020, debido a la reciente evolución epidemiológica del COVID-19.

Así lo dispone un decreto difundido por el director de comunicación del gobierno, Roberto Rodríguez Marchena, donde se justifica la decisión en el “preocupante incremento de los niveles de contagio de COVID-19 a fin de que se desborde la capacidad de respuesta del sistema hospitalario nacional, público y privado.

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En virtud de la autorización otorgada por el Congreso Nacional este 19 de julio, el Poder Ejecutivo dispondrá “restricciones proporcionales y temporales a la libertad de tránsito, asociación y reunión” de acuerdo con lo que dispone la Constitución y siguiendo las recomendaciones de organismos internacionales expertos en la materia.


El país acumula 53,956 casos confirmados de coronavirus tras los 1,101 nuevos contagios computados en la última jornada, mientras que doce nuevas defunciones sitúa el número de fallecidos en 993.

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