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Acción de inconstitucionalidad declarada inadmisible por el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha declarado inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad presentada por Fredermido Ferreras Díaz. Esta acción estaba dirigida contra la disposición transitoria de la Constitución del 13 de junio de 2015, debido a la imposibilidad de declarar inconstitucional la propia Constitución.

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Antecedentes de la acción directa de inconstitucionalidad

Ferreras presentó esta acción directa ante el Tribunal Constitucional con el objetivo de anular la vigésima disposición transitoria. Esta disposición se refiere a las limitaciones para la reelección del presidente Danilo Medina, tema que ha generado debate en diversos ámbitos.

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Contenido de la vigésima disposición transitoria

La vigésima disposición transitoria de la Constitución establece que en caso de que el presidente en funciones durante el período 2012-2016 se postule para el siguiente período 2016-2020, no podrá presentarse para un tercer mandato ni a ningún otro período, ni tampoco a la Vicepresidencia.

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En este caso, el presidente Danilo Medina ocupó el cargo durante el período 2012-2016 y se presentó como candidato para el siguiente período, resultando electo para el período 2016-2020.

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