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Bartolo García

Santo Domingo. – El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) aprobó este jueves, durante su sesión núm. 24-2025, una modificación al Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, con el propósito de ampliar su ámbito de aplicación y facilitar el acceso a la propiedad inmobiliaria titulada en República Dominicana.

El nuevo texto reglamentario establece que la regularización parcelaria se convierta en la regla general para la individualización de porciones de terreno, mientras que el deslinde se mantiene como una excepción aplicable únicamente en la etapa judicial, en los casos donde sea necesario un proceso contradictorio.

De esta manera, el Poder Judicial busca fortalecer la seguridad jurídica y la eficiencia en los procedimientos de titulación inmobiliaria, reduciendo los tiempos y complejidades que históricamente han caracterizado los procesos de deslinde.

Suprema Corte amplia alcance del Reglamento de Regularizacion Parcelaria

La modificación al Reglamento núm. 790-2022 fue sometida a un amplio proceso de consulta pública, desarrollado entre el 19 de agosto y el 29 de septiembre de 2025, en el que participaron instituciones públicas, profesionales del área catastral, agrimensores y representantes del sector inmobiliario.

Entre los principales beneficios de esta reforma se destacan la simplificación de las condiciones técnicas y administrativas, el impulso al acceso a la propiedad debidamente individualizada, y la promoción de la cohesión social y jurídica en torno al sistema inmobiliario nacional.

El nuevo reglamento, además, busca reducir la carga judicial de los tribunales, al reservar el deslinde como un recurso contradictorio para los casos en que existan disputas sobre la delimitación de terrenos. Esta medida permitirá que más ciudadanos puedan obtener títulos de propiedad de manera rápida y eficiente.

Otra de las novedades incluidas en la resolución es la incorporación de un nuevo párrafo al artículo 6 del Reglamento núm. 790-2022, que dispone que la anotación en el Registro Complementario del inmueble —la cual certifica que el terreno está en proceso de regularización— tendrá una vigencia de un año a partir de su registro.

Dicha anotación podrá ser cancelada con la aprobación o rechazo de los trabajos técnicos emitidos por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales correspondiente, o bien al cumplirse el plazo de vigencia establecido.

Con esta medida, el Poder Judicial persigue mayor transparencia, trazabilidad y control técnico en las operaciones de regularización, al tiempo que brinda mayor certeza a propietarios y profesionales del área.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia que aprobó esta modificación estuvo encabezado por el juez presidente Henry Molina, y conformado por los magistrados Manuel Ramón Herrera Carbuccia, Francisco Antonio Jerez Mena, Manuel Alexis Read Ortiz, Fran Euclides Soto Sánchez, Nancy Idelsa Salcedo Fernández, Justiniano Montero Montero, Anselmo Alejandro Bello Ferreras, Rafael Vásquez Goico, Vanessa Elizabeth Acosta Peralta, María Garabito Ramírez, Moisés Alfredo Ferrer Landrón y Francisco Antonio Ortega Polanco.

Esta reforma se enmarca dentro del proceso de modernización institucional del Poder Judicial, orientado a fortalecer el acceso a la justicia, mejorar la gestión de los servicios catastrales y consolidar la seguridad jurídica de la propiedad inmobiliaria.

El presidente de la SCJ, magistrado Henry Molina, ha reiterado en distintas ocasiones la importancia de “garantizar que el sistema judicial dominicano evolucione hacia un modelo más ágil, accesible y confiable”, en sintonía con los ejes del Plan Estratégico Justicia del Futuro 2034.

El nuevo Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde, aprobado mediante la Resolución núm. 82-2025, ya está disponible en el portal de transparencia del Poder Judicial. Los interesados pueden consultarlo y descargarlo en el siguiente enlace:
👉 https://transparencia.poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/resoluciones_pj/RPJ_resolucion82_2025.pdf

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