Bartolo García
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) rechazó los recursos de casación interpuestos por William Lizandro Rosario Ortiz y Eladio Batista Valerio, quienes fueron condenados por su participación en el fraude del sorteo de la Lotería Nacional del 1 de mayo de 2021.
Con esta decisión, el máximo tribunal en materia penal declaró firme la sentencia condenatoria dictada por la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, cerrando definitivamente la vía ordinaria de impugnación para los procesados.
En la misma resolución, la SCJ confirmó la absolución de Luis Maisichell Dicent, exdirector de la Lotería Nacional, ratificando tanto la sentencia emitida en marzo de 2023 por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional como la decisión de la corte de apelación que rechazó la solicitud del Ministerio Público de anular dicho fallo.
El alto tribunal consideró que los jueces de fondo realizaron una correcta valoración de las pruebas aportadas durante el proceso, respetando los principios del debido proceso, la presunción de inocencia y la sana crítica.
En ese sentido, la Suprema Corte concluyó que no se verificaron los vicios procesales alegados en los recursos de casación presentados por las defensas, por lo que procedía su rechazo.
En relación con William Lizandro Rosario Ortiz, la jurisdicción de apelación determinó su responsabilidad penal por violación a disposiciones del Código Penal Dominicano y de la Ley núm. 448-06, sobre Soborno en el Comercio y la Inversión.
El tribunal estableció que las pruebas incorporadas al proceso fueron suficientes, pertinentes y concordantes para destruir la presunción de inocencia del imputado, fundamentando así la condena impuesta.
Respecto a Eladio Batista Valerio, la corte confirmó la pena de tres años de prisión suspendida, al comprobarse su participación penal conforme a los criterios de tipicidad, culpabilidad y proporcionalidad de la sanción.
La Segunda Sala reiteró que el recurso de casación no constituye una tercera instancia para reexaminar los hechos ni reevaluar pruebas, sino un mecanismo extraordinario orientado exclusivamente al control de la correcta aplicación del derecho.
En su decisión, el tribunal enfatizó que mientras no se demuestre una violación sustancial a normas legales o constitucionales, corresponde respetar las conclusiones fácticas establecidas por los jueces de mérito.
Con este fallo, la SCJ consolida criterios jurisprudenciales sobre la valoración probatoria y los alcances de la presunción de inocencia dentro del proceso penal dominicano.
La decisión también reafirma la importancia del principio de legalidad y del respeto a las garantías procesales como pilares del sistema de justicia.
El caso del fraude en la Lotería Nacional, que generó amplia atención pública en 2021, queda así definitivamente cerrado en lo relativo a la vía de casación, marcando un precedente en materia de control judicial y límites de revisión en el ámbito penal.

