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Ramón Mercedes

Altice

NUEVA YORK.- El gobierno de Estados Unidos anunció el pasado fin de semana que la nueva regla de “carga pública”, que ha traído preocupación a millones de inmigrantes residentes en territorio estadounidense, entre ellos miles de dominicanos, entrará en efecto el próximo 24 de febrero.

La medida afectará a los solicitantes de la llamada “green card” o tarjeta verde y a aquellos en proceso de un trámite en busca de un beneficio migratorio.

Sin embargo, los defensores pidieron a las comunidades inmigrantes no renunciar a ningún tipo de ayuda antes de consultar con un experto, puesto que la norma solo aplica a un grupo limitado.

Asimismo, advierten que la norma no tiene carácter retroactivo. Esto significa que afecta a aquellos que presenten solicitudes ante Inmigración después del 24 de febrero, y los que iniciaron el proceso antes de esa fecha y tienen una cita con inmigración después, no se verán impactados por la nueva disposición.

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Hace algunos días, el Tribunal Supremo de EE.UU anuló el veto judicial que impedía la aplicación de la nueva regla. Ahora las solicitudes y peticiones de beneficios migratorios que se presenten a partir de esa fecha estarán sujetos al nuevo criterio para determinar la autosuficiencia económica.

Se clasifica como “carga pública” a los inmigrantes que durante 12 meses o más, en un período de tres años, se hayan beneficiado de programas sociales como cupones de alimentos, subvenciones de vivienda o servicios de salud, entre otros.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) considera factores como edad, salud, ingresos, educación y las habilidades profesionales de un extranjero, entre otros requerimientos, para determinar si es probable que el solicitante se convierta en carga pública en un determinado momento.

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La nueva medida también puede afectar a los extranjeros que buscan extender o cambiar su estatus migratorio. El Gobierno federal exige al solicitante que demuestre que no ha recibido beneficios públicos desde que obtuvo el estatus de no inmigrante que busca extender o cambiar.

Están exentos los refugiados, asilados, afganos e iraquíes con visas de inmigrantes especiales, los amparados bajo la Ley de Ajuste de Estatus para Cubanos (CAA); los bajo la Ley de Ajuste de Estatus para Nicaragüenses y Ayuda para Centroamérica (NACARA), los que solicitan una visa T y U que desean obtener la residencia, los menores de 21 años y embarazadas que se benefician del Medicaid.

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