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El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) no recurrirá la sentencia del Tribunal Superior Administrativo (TSA) que instruye a la Junta Central Electoral (JCE) a realizar la clasificación de los partidos en función del principio de favorabilidad.

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La resolución número 01-2021 de la JCE determinó que sólo el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el PLD habían adquirido los votos suficientes para la distribución del 80% de los fondos públicos.

Sin embargo, la sentencia del TSA reconoció a los partidos Fuerza del Pueblo (FP) y Revolucionario Dominicano (PRD) como fuerzas mayoritarias. Tras esta decisión, la semana pasada el Comité Político anunció que interpondría un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia. 

En horas de la mañana de este jueves se llevó a cabo la reunión donde los medios de comunicación no tuvieron acceso y tras la salida de los miembros del partido, el secretario general del Partido de la Liberación Dominicana, Charlie Mariotti, sólo se limitó a decir que “la Secretaría de Asuntos Jurídicos emitirá un comunicado”.

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“En este sentido, el PLD, luego de un proceso de reflexión sobre la importancia de contribuir al fortalecimiento del sistema de partidos, ha decidido no recurrir a la sentencia del TSA, a pesar de que dicha sentencia carece de los más elementales fundamentos jurídicos para elevar a derecho fundamental el acceso a los fondos públicos por parte de los partidos políticos; y para decidir la aplicación de manera acomodaticia el principio de favorabilidad en una situación en la que es notoriamente improcedente”, dice de forma textual una nota de prensa publicada por el PLD.

Asimismo, la referida organización atribuye que tomó la decisión “no sólo a favor de un partido, como ordenaba la decisión judicial, sino de manera transversal a todos los partidos, agrupaciones y movimientos políticos del sistema, para no afectar a esas otras organizaciones políticas”.

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Con esta disposición resaltan que las demás organizaciones recibirán  mayor cantidad de recursos económicos para su funcionamiento y operatividad.

“En adición, el Partido de la Liberación Dominicana aprovecha la ocasión para denunciar que con la ejecución inmediata de la sentencia, a pesar de la prohibición establecida expresamente en la decisión del TSA, la Junta Central Electoral ha violado flagrantemente el principio de legalidad, toda vez que la toda vez que la Ley 834 de 1978 y la Ley 3726 de Casación, modificada por la Ley 491-08, establece que ninguna sentencia adquiere irrevocablemente la autoridad y la fuerza de la cosa juzgada mientras se mantenga hábil el plazo de ley para recurrir; decisión ésta que preocupa sobremanera al PLD pues este hecho representa un acto de parcialidad de un árbitro que está llamado a ser imparcial”, apuntó el bando morado.

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