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La SISALRIL informó que este domingo se alcanzó un importante acuerdo entre la Asociación de Clínicas Privadas (ANDECLIP), la Asociación Dominicana de ARS (ADARS), la Asociación de Igualas Médicas y ARS (ADIMARS) y el SENASA, para favorecer la atención de pacientes de COVID, afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, por parte de establecimientos de salud privados.

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De esta forma se amplía la red de servicios disponibles para pacientes sintomáticos afectados por el CoVD-19 y se reducirá considerablemente los copagos de los pacientes.

Estas disposiciones aplican para los afiliados al Plan Básico del Seguro Familiar de Salud, Planes Especiales de Pensionados y Planes Complementarios y Voluntarios regulados por la SISALRIL, inicialmente por un período de dos meses, a partir del 01 de abril del presente año.

Las ARS, de forma voluntaria y como un aporte adicional a sus afiliados, han acordado cubrir las cuotas moderadoras (“copagos”) por concepto de internamiento de los pacientes afectados por el CoVID-19, debidamente confirmados, que requieran internamiento. De esta forma, los pacientes afiliados no deberán pagar copagos por estos servicios, durante los próximos dos meses.

Se dispuso acciones para agilizar el flujo de pagos de las ARS hacia los Prestadores de Servicios de Salud. Entre ellos, mecanismos expeditos para actualizar deudas previamente conciliadas y para los pagos correspondientes a los meses de abril y mayo, sin que se retrasen por los habituales procesos de auditoria y glosas.

También se acordó un incremento de tarifas, de forma temporal, para médicos especialistas neumólogos, internistas, intensivistas involucrados en la atención directa de pacientes de CoVID-19 en áreas de aislamiento y de Cuidados Intensivos, y un incremento temporal de las tarifas por día de internamiento de pacientes que requieren aislamiento.

Igualmente, las ARS cubrirán un aporte por concepto de los Equipos de Protección Personal (EPP) para el personal que atiende pacientes con sintomatología compatibles con CoVID-19, en servicios de emergencia, aislamiento y en Cuidados Intensivos, incluyendo los que hayan sido utilizados en el mes de marzo para este mismo fin.

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En casos de pacientes gravemente afectados que requieran medicamentos de alto costo previstos en los protocolos autorizados por el Ministerio de Salud Pública, se solicitará el apoyo del Programa de Alto Costo de este Ministerio, con el cual se acordará un procedimiento mediante el cual las ARS reembolsarán los costos correspondientes, sin que se facture cargos a los pacientes.

La ANDECLIP informará a la SISALRIL, al Ministerio de Salud Pública y a las ARS, las clínicas privadas en condiciones de atender pacientes afectados por el COvid-19, en servicios de aislamiento y cuidaos intensivos.

Todas las partes participantes acordaron invitar a las empresas de seguros que gestionan planes de salud no regidos por la Ley 87-01 y no regulados por la SISALRIL, para que acojan estos acuerdos como un aporte a sus respectivos afiliados en la actual emergencia nacional e internacional.

Las ARS acordaron que otros establecimientos de salud privados, habilitados por el Ministerio de Salud Pública, que reúnan condiciones para la atención de pacientes de COvid-19, que no sean afiliadas a ANDECLIP, podrían acogerse a estas condiciones temporales.

La SISALRIL monitoreará la aplicación de lo acordado según el desarrollo de la situación epidemiológica y, siempre que sea necesario, promoverá ajustes a estos contenidos para el mejor cumplimiento de la protección de la ciudadanía.

Ninguna de estas disposiciones implica incrementos en el per cápita dispersado mensualmente a las ARS, ni modificaciones de tarifas en otros servicios de las clínicas. Estos acuerdos, son una demostración de la disposición y buena voluntad de las ARS y de las Clínicas Privadas, de contribuir a fortalecer los esfuerzos nacionales para controlar la epidemia de CoVID-19 y mitigar su impacto en la salud y en el presupuesto familiar.

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La SISALRIL reconoce estos valiosos aportes de las ARS y del sector privado de establecimientos de salud que, sumados a las iniciativas del Servicio Nacional de Salud en la red de servicios públicos, y bajo la rectoría del Ministerio de Salud Pública, fortalecen las posibilidades de atención de los pacientes afectados por el CoVID-19.

Por otra parte, dado que dichas pruebas no están contempladas en el catálogo de beneficios del Seguro Familiar de Salud, al tratarse de una nueva patología recién llegada al país hace pocas semanas, y con el interés de hacer más expedito el acceso siempre que sea necesario, se establecerán mecanismos y procedimientos específicos para estas coberturas, a fin de garantizar los derechos y necesidades de los afiliados, y el estricto cumplimiento de las disposiciones del Ministerio de Salud Pública y de la Organización Panamericana y Mundial de la Salud, que definen la respuesta nacional e internacional ante esta Pandemia.

Todos los mecanismos mediante los cuales los afiliados al Seguro Familiar de Salud tendrán acceso a esta cobertura en caso de necesitarlo, están siendo actualmente definidos en un trabajo conjunto entre la SISALRIL, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Presidencia.

Dichos procedimientos serán dados a conocer en los próximos días, una vez se completen los acuerdos correspondientes entre las instituciones involucradas y estarán vigentes mientras perdure la situación de emergencia epidemiológica.

Se hace un llamado a toda la ciudadanía y en particular a todos los afiliados al Seguro Familiar de Salud, a permanecer atentos a las orientaciones y disposiciones del Ministerio de Salud Pública.

Se recomienda asimismo evitar y no difundir informaciones no oficiales que puedan desorientar o sembrar alarma y colaborar con las medidas de distanciamiento social restringiendo sus desplazamientos al mínimo estrictamente indispensable en este período.

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