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Resolución de la ONAPI sobre la Denominación de Origen Protegida del Ron Dominicano

Introducción

La Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) rechazó los argumentos de fabricantes de ron que se oponían a la concesión de la Denominación de Origen Protegida para el ron dominicano, reivindicando así el derecho de los dominicanos a proteger su principal destilado.

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Argumentos de la ONAPI

En la resolución 001-2018, la ONAPI desestimó los recursos de oposición presentados por entidades comerciales como Bodegas Pedro Oliver, Rones del Caribe, Oliver & Oliver International, Inc; Alebrand Spirits Company, Llc; Asociacion de Roneros Dominicanos (Ardo) y Imex Spirits. La ONAPI afirmó que el ron dominicano posee los atributos distintivos necesarios para obtener una Denominación de Origen.

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Requisitos para la Denominación de Origen

La ONAPI detalló los requisitos exigibles a las Denominaciones de Origen en general, destacando la importancia de una adecuada descripción y fundamentación para la concesión de una Denominación de Origen. Se abrió la posibilidad de una concesión futura de la Denominación de Origen del ron dominicano, siempre y cuando se cumplan con los requisitos establecidos.

Aspectos Técnicos

La ONAPI abordó aspectos técnicos como la procedencia de la materia prima, la necesidad de pruebas técnicas que respalden la distintividad del producto y la importancia de establecer una conexión entre el origen geográfico y las características del producto designado por la Denominación de Origen.

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Cronología Relevante

  • 8 de julio de 2014: ADOPRON presenta la solicitud de registro de la Denominación de Origen para el Ron Dominicano.
  • 15 de agosto de 2014: La solicitud es publicada por la Dirección de Signos Distintivos.
  • Septiembre de 2014: Terceros presentan acto de oposición.
  • 12 de julio de 2016: Se emite la Resolución No. 000279 denegando la concesión.
  • 12 de agosto de 2016: ADOPRON apela ante la Dirección General de ONAPI.
  • 01 de septiembre de 2017: Se emite la resolución No. 001-2018.

Para más información, se puede acceder al texto completo de la resolución en la página web de la ONAPI: www.onapi.go.do.

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