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El Ministerio de Interior y Policía emitió la resolución 119-21 este viernes en la que normaliza dentro de la categoría de no residente la situación migratoria irregular de los nacionales venezolanos en territorio dominicano.

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La resolución en su artículo dos dispone que los nacionales venezolanos que ingresaron a territorio dominicano haciendo uso de tarjeta de turista o visado expedido por las autoridades dominicanos y que han permanecido en el territorio nacional más allá de la vigencia autorizada, podrán ser beneficiarios de una extensión de permanencia.

La resolución otorga un plazo de 30 días calendarios para que los venezolanos interesados en beneficiarse de esta prórroga puedan inscribir sus datos en un formulario disponible en una sección para venezolanos, acreditada en el portal de la web de la Dirección General de Migración, Adjunto de los requisitos que serán publicados en el portal.

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La resolución indica que aplica “la categoría migratoria de no residente el estatus migratorio de los nacionales venezolanos que se encuentren en territorio dominicano y que ingresaron de manera regular a República Dominicana a partir del enero 2014 hasta marzo de 2020, así como sus hijos menores de edad, nacidos o no en República Dominicana, a quienes constitucionalmente no les corresponde la nacionalidad dominicana”.

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Aquellos venezolanos que califiquen deberán hacer el pago de una tasa única administrativa, monto que será publicado en la sección web para venezolanos.

En el caso de los permisos de trabajador temporero y estudiantes tienen carácter temporal, y sus beneficiarios tendrán vocación de radiación definitiva en el país o cambio a la categoría de residente dentro del país, conforme a las disposiciones establecidas en la Ley General de Migración y su Reglamento.

El plazo para solicitar los permisos de estudiantes y trabajadores temporeros será de seis meses, a partir de la fecha que se anuncie el inicio de la normalización migratoria.

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