Mediante el decreto 37-21 emitido el pasado 22 de enero, el Poder Ejecutivo varió el horario del toque de queda y otorgó tres horas para el libre tránsito.
El toque de queda inicia hoy 27 de enero de 7:00 de la noche hasta la 5 de la mañana con tres horas de gracia de libre tránsito y estará vigente hasta el 8 de febrero.
En tanto que los sábados y domingos se iniciará a las 5:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana con tres hora de gracia para llegar a sus hogares.
«En consecuencia, habrá libre tránsito de lunes a viernes hasta las 10:00 de la noche y los sábados y los domingos hasta las 8:00 de la noche», precisó la vicepresidenta Raquel Peña, durante una rueda de prensa en el Palacio Nacional en la que anunció las nuevas medidas.
Transporte público
Tras el anuncio del Gobierno de nuevas flexibilizaciones al toque de queda, la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) amplió el horario en el servicio de transporte público de pasajeros.
En ese aspecto, desde hoy miércoles 27 de enero hasta el día 8 de febrero del 2021, las unidades de autobuses de la OMSA trabajarán de lunes a viernes de 6:00 de la mañana a 10:00 de la noche.
Asimismo, se informa que el servicio de transporte de los fines de semana, sábados y domingos, será de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche.
Los cambios en el horario son en virtud a las nuevas disposiciones contenidas en el decreto 037-21, firmado por el presidente de la República, Luis Abinader, que sustituye el anterior, 7-21.
Reapertura de gimnasios, bares, colmadones y otros lugares
Igualmente el Gobierno dispuso que las personas puedan utilizar los espacios abiertos al aire libre, tales como parques y malecones para actividades que no impliquen aglomeración de personas y bajo el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes, a partir del 27 de enero.
Asimismo, dispuso que los lugares dedicados a practicas deportivas y ejercicios físicos, tales como gimnasios, así como los de consumo de alimentos y bebidas podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 60% de su capacidad total.
En el caso de los lugares de consumo de alimentos y bebidas no podrán exceder seis personas por mesa en los lugares que aplique.
Las iglesias y otras denominaciones religiosas podrán celebrar sus actividades tres veces por semana y sin exceder el 60% de la capacidad de sus instalaciones.