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El presidente Luis Abinader emitió el decreto 499-21 mediante el cual se dispone la constitución de un Fideicomiso de Patrimonio Público Recuperado.

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En el artículo 2 de este decreto, se indica que el objetivo de la constitución de este Fideicomiso, es constituir un patrimonio autónomo, separado de las partes, que sirva de vehículo jurídico para implementar la política de recuperación del patrimonio público desviado ilícitamente.

Así mismo servir de mecanismo para supervisar el cumplimiento de las metas y objetivos de recuperación a cargo de los abogados contratados por el Estado dominicano.

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De igual forma recibir los recursos provenientes de los bienes recuperados, administrarlos e invertirlos según su naturaleza y criterio de riesgo, y distribuirlos conforme las reglas establecidas en el decreto.

También emitir valores de oferta pública con los bienes que conformen el patrimonio fideicomitido.

Agrega además, que serán partes del Fideicomiso, el Estado dominicano, en calidad de Fideicomitente y Fideicomisario, respectivamente, el cual actuará a través de la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y Fiduciaria Reservas, S.A., que actuará como La Fiduciaria.

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Explica el presente decreto, que la duración del Fideicomiso será de 20 años, a partir de la fecha de subscripción del contrato.

Esta disposición instruye de igual modo que el Fideicomiso contará con un comité técnico integrado por, el ministro de Hacienda, el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo, el Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, la directora de Ética e Integridad Gubernamental y el asesor del Poder Ejecutivo en Economía.

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