Publicidad
Banco Popular

La Dirección General Impuestos Internos (DGII) extendió los plazos de declaración y pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para personas físicas, jurídicas y entidades, y mantuvo la exención del pago de anticipos de ISR para los que tienen obligación mensual para el período fiscal junio 2020, cuya fecha de vencimiento es el 15 de julio 2020.

Altice

[rb_related title=”También te puede interesar” total=”2″]

También dispuso una prórroga hasta el 29 de julio de 2020 de la presentación de la declaración jurada y pago de la primera cuota para los contribuyentes acogidos al Régimen Simplificado de Tributación (RST), en todas sus modalidades.

Mediante un aviso que se hace oficial desde hoy, la DGII informa que se prorrogan hasta el 29 de julio 2020 la presentación y pago de las obligaciones tributarias, cuyas fechas límites estaban previstas para el 29 de junio 2020, tales como:

Más:  2,950 choferes fiscalizados por falta de marbetes

El Impuesto Sobre la Renta de Personas Jurídicas y negocios de único dueño (IR-2), Primera cuota Impuesto sobre los Activos de Sociedades y la Declaración Informativa de Operaciones efectuadas con partes Relacionadas (DIOR), para los contribuyentes con fecha de cierre 31 de diciembre.
También fueron prorrogados, el Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (IR-1), la primera cuota Impuesto sobre Activos de Personas Físicas y la Declaración Jurada Informativa de las Instituciones sin Fines de Lucro con fecha de cierre 31 de diciembre.

Más:  Francisco Domínguez Brito: “Alerta posibles olas de secuestros amenazan República Dominicana”

La institución recaudadora también recordó que se mantiene lo dispuesto en los Avisos 23-20 y 58-20, por lo que todos los contribuyentes del ISR, personas físicas, jurídicas o negocios de único dueño podrán liquidar el impuesto mediante el pago de cuatro cuotas iguales y consecutivas.

La DGII explicó que estas medidas se disponen en virtud de la extensión del Estado de emergencia declarado por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto número 213-20. Recomendó a los contribuyentes que para cualquier información adicional pueden visitar la página web www.dgii.gov.do y las cuentas de redes sociales (@dgiird) o llame al 809-689-3444 y al 1-809-200-6060 desde el interior, sin cargos.

Share.
Avatar photo

El Jacaguero es una fuente de noticias en línea que se especializa en brindar a sus lectores las últimas novedades sobre la República Dominicana.

Comments are closed.