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La Dirección General de Contrataciones Públicas emitió una circular a las instituciones del Estado donde aclara que la gestión de los procedimientos de compras y contrataciones es competencia de las entidades contratantes y que su delegación a terceros no se contempla en la Ley No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones.

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“Respondiendo a nuestra función de verificar que las instituciones cumplan con la normativa vigente en materia de contratación pública, hemos identificado que algunas instituciones sujetas a la aplicación de la Ley No.340-06 y sus modificaciones han anunciado públicamente el interés de delegar la gestión de sus procedimientos de contrataciones públicas a terceros, por lo que le hemos enviado este comunicado indicándoles que dichos procesos, según la Ley, deben ser llevados a cabo por las unidades operativas de los organismos contratantes”, sostuvo Carlos Pimentel, nuevo director general de Contrataciones Públicas.

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En la misiva, Pimentel explicó que por lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Administración Pública No. 247-12, la delegación de competencia es permitida siempre que exista una habilitación previa de la Ley, derecho u ordenanza que así lo establezca, lo que no ocurre en el caso de las contrataciones públicas.

Indicó a las instituciones contratantes que, previo a realizar algún acuerdo que implique la delegación en la gestión de las contrataciones públicas a terceros, deberán consultar a esta Dirección General al respecto.

“Igualmente recordamos que se excluye de la aplicación de la Ley No.340-16 y sus modificaciones, los acuerdos de préstamos o donaciones de las instituciones dominicanas con otros Estados o entidades de derecho público internacional. Estos se regirán por las reglas convenidas y, en caso contrario, se aplicará la Ley”, resaltó el Director General de Contrataciones Públicas.

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La Dirección General de Contrataciones Públicas recordó a las instituciones del Estado que ofrece capacitaciones en toda la normativa que regula el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), así como sobre el uso del Portal Transaccional. Además, brinda asistencia técnica, presencial, vía telefónica, por correo y chat en línea para todo interesado que así lo requiera.

Sobre la Dirección General de Contrataciones Públicas

Es el órgano rector del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas de Bienes, Obras y Servicios del Estado dominicano. Sus principales funciones abarcan regular y supervisar el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, y contribuir al desarrollo económico y social del país a través de un sistema de compras públicas transparente, sostenible, eficiente y que garantice la igualdad de oportunidades para todos/as los/as oferentes del Estado.

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