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El Consejo Nacional del Comercio en Provisiones (CNCP) se mostró a favor de la modificación del Código Laboral para el año 2021 y propuso la creación de un seguro de desempleo que reemplace el actual sistema de cesantía respetando siempre los derechos adquiridos de los trabajadores.

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El presidente de la CNCP, Tomás Marcano, sostuvo que se hace necesario la creación de un seguro de desempleo, cuya cotización sería proporcional y conforme al esquema establecido pudiendo ser pagado por el empleador semestralmente en la Tesorería de la Seguridad Social.

“Se debe crear este sistema para que cuando el trabajador cese en sus funciones inmediatamente el seguro de desempleo entre en vigencia y pueda cubrir sus necesidades”, manifestó.

El presidente del CNCP, entidad que agrupa a 74 asociaciones y más de dos mil pequeños, medianos y grandes almacenistas e importadores, dijo estar de acuerdo con que el pago de cesantía a los trabajadores se mantenga, pero que lo que se debe cambiar es la forma de pago y hacerlo a través de un seguro de desempleo.

“En esta pandemia si hubiese existido el seguro de desempleo, todas esas ayudas hubiesen estado disponibles y el gobierno no habría tenido que estar emitiendo todos esos millones para los trabajadores”, sostuvo.

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Marcano indicó que las asociaciones de comerciantes pertenecientes al CNCP están dispuestas a apoyar al ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, en el objetivo de modificar el Código de Trabajo y a la vez en participar en los foros de discusión.

Consideró que el Código de Trabajo debe de ser renovado para ser actualizado a los nuevos tiempos, ya que tiene casi 30 años de vigencia.

“Es un código que está a destiempo con todos los cambios que ha venido teniendo el sistema laboral a través de los años. Esta modificación es necesaria ya que el sector comercial y mipymes necesitan esa renovación”, sostuvo.

Una información publicada en un medio nacional da cuenta que el ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, espera el próximo año 2021 poder iniciar un cronograma de trabajos a través del diálogo social y acuerdos entre los distintos sectores, donde se permita la revisión y modificación total o parcial del actual Código de Trabajo.

Además de la creación de un seguro de desempleo, Marcano propuso la creación del previo conciliatorio ante el Ministerio de Trabajo, donde las partes acudan personalmente, pudiendo ser asistidas de sus abogados no de manera obligatoria y donde el Ministerio ejerza una verdadera labor de conciliación antes de un proceso judicial, con precisiones de que en caso de que el empleador oferte pagar, lo pueda hacer sin cargos legales.

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El dirigente consideró también necesario la eliminación de duplicidad de demandados cuando medie la compañía empleadora, ya que es frecuente ver sentencias donde se condena a la empresa y al dueño o gerente de la misma o varios de estos sin justificación legal.

“Las sentencias de primer grado serían ejecutorias cuando no exista recurso de apelación contra la misma, para lo cual deben darle a la parte que sucumba 15 días para recurrir la misma, pues el caso actual de la aplicación del artículo 539 del Código Laboral, el cual no deja margen a los pequeños y medianos empresarios para protegerse adecuadamente de una eventual sentencia condenatoria después de las 72 horas, por no tener el duplo de las condenaciones depositadas en un banco o la ausencia de bienes líquidos que le permitan hipotecar o conseguir una fianza en tiempo récord”, agregó.

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