El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), extendió el plazo de cobertura de las Atenciones Médicas por Accidentes de Tránsito (FONAMAT Transitorio), para los afiliados del Régimen Contributivo y Subsidiado, hasta el 1ro. de junio del año en curso, mediante la resolución No. 537-02
La decisión fue tomada durante una sesión ordinaria del órgano superior del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), encabezada por el Ministro de Trabajo y Presidente del CNSS, Luis Miguel De Camps García.
La resolución manda a las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), la ARS Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) y su Red de Prestadores de Servicios de Salud (PSS), brindar a su población afiliada las atenciones correspondientes en las mismas condiciones que se han estado aplicando.
Asimismo, se instruye a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) a dar cumplimiento a la presente resolución, a los fines de que se realicen las dispersiones de los per cápitas correspondientes, conforme a las fechas establecidas en esta resolución.
El CNSS dispuso que la Comisión de Presupuesto, Finanzas e Inversiones (CPFeI), a continuar analizando el tema, con el objetivo de realizar los estudios actuariales correspondientes, a los fines de presentar una propuesta definitiva de resolución al CNSS, en relación a la implementación del Fondo Nacional de Atención Médica por Accidente de Tránsito (FONAMAT), para los afiliados del Régimen Contributivo y Subsidiado.
La presente resolución deroga y modifica cualquier otra que le sea contraria en todo o en parte; la misma tendrá una aplicación de manera retroactiva a partir del 1ro. de marzo del 2022.
El Estado Dominicano, es el garante final del adecuado funcionamiento del Seguro Familiar de Salud (SFS), así como, de su desarrollo, fortalecimiento, evaluación y readecuación periódicas y del reconocimiento del derecho de todos los afiliados, según lo establece el artículo 174 de la Ley 87-01.
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), en nombre del Estado garantiza la cobertura de salud por accidentes de tránsito a los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y en aras de proteger a los beneficiarios.