Bartolo García
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) anunció el fortalecimiento de los controles y la fiscalización para garantizar el cumplimiento estricto de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en los espacios públicos del país.
La medida busca priorizar la protección de los peatones y reducir los riesgos asociados al crecimiento acelerado de este tipo de transporte alternativo en calles, avenidas y zonas de alta circulación urbana.
Las autoridades recordaron que las patinetas eléctricas tienen prohibido circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora, conforme a la normativa vigente.
Cualquier modificación en los sistemas de motorización que permita superar esa velocidad será considerada una infracción directa y será sancionada por los organismos correspondientes.
El INTRANT explicó que estas acciones responden al aumento sostenido del uso de dispositivos eléctricos, lo que exige mayor orden y convivencia segura entre peatones, conductores y usuarios de movilidad personal.
Especial énfasis se hará en áreas donde transitan niños, adultos mayores y personas con movilidad reducida, sectores más vulnerables ante accidentes de tránsito.
En el caso de las bicicletas eléctricas, la regulación establece que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva sanciones que oscilan entre uno y tres salarios mínimos del sector público centralizado, según lo establece la Ley 63-17 de Tránsito y Seguridad Vial.
La fiscalización de estas infracciones estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT), que reforzará operativos en distintos puntos del país.
El director ejecutivo del INTRANT, Milton Morrison, subrayó la importancia de diferenciar claramente entre patinetas eléctricas, bicicletas asistidas y motocicletas eléctricas.
Explicó que las patinetas sin sillín y las bicicletas cuyo motor solo apoya el pedaleo humano se consideran dispositivos de movilidad personal y deben usar casco protector de forma obligatoria.
Sin embargo, las motocicletas eléctricas que funcionan mediante acelerador son vehículos de motor y deben cumplir con placa, matrícula, seguro, licencia de conducir y demás requisitos legales.
La circulación sin estas condiciones permitirá a las autoridades proceder con la retención inmediata de los vehículos, como parte del endurecimiento de las medidas de control.
Como parte del proceso, el INTRANT notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) para asegurar que toda motocicleta eléctrica cumpla con los procesos de importación y matriculación antes de circular.
Asimismo, se comunicará formalmente a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de garantizar que estos equipos se ajusten a la ley, en busca de una movilidad moderna, pero segura y ordenada.
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