Bartolo García
Permanecer en Estados Unidos más allá del tiempo autorizado con una visa de paseo puede traer consecuencias graves para los visitantes extranjeros, desde la cancelación inmediata de la visa hasta prohibiciones de reingreso. Ante esta realidad, la Embajada de Estados Unidos explicó cómo identificar correctamente el período legal de estadía y evitar una permanencia excedida.
La misión diplomática abordó el tema en su columna informativa semanal “Pregúntale al cónsul”, donde aclaró que el documento clave para conocer el tiempo autorizado de estadía es el formulario I-94, también conocido como registro de entrada y salida.
Este formulario es emitido por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) y está disponible tanto en su portal web oficial como en la aplicación móvil CBP GO, accesible para todos los viajeros no inmigrantes.
El I-94 indica la fecha exacta hasta la cual una persona puede permanecer legalmente en Estados Unidos bajo la leyenda “admit until” (admitido hasta), un dato que no debe confundirse con la fecha de vencimiento de la visa estampada en el pasaporte.
La Embajada subrayó que el error más común entre los visitantes es creer que la vigencia de la visa determina el tiempo de permanencia, cuando en realidad esa decisión corresponde al oficial de inmigración al momento de la entrada al país.
Para verificar el estatus de admisión, las autoridades recomiendan ingresar al portal i94.cbp.dhs.gov y seleccionar la opción View Compliance, donde el viajero puede confirmar su fecha límite autorizada de estadía.
Como medida preventiva adicional, la Embajada aconseja anotar en el calendario personal la fecha indicada en el I-94 y asegurarse de salir de Estados Unidos en o antes de ese día, evitando cualquier riesgo migratorio.
La misión diplomática advirtió que permanecer en el país después de la fecha autorizada puede provocar consecuencias como la cancelación de la visa, procesos de remoción, inelegibilidad para futuras solicitudes, prohibiciones de reingreso y, en algunos casos, sanciones penales.
Las cifras oficiales reflejan la magnitud del problema. Entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, correspondiente al año fiscal 2023, Estados Unidos registró una tasa de estadía prolongada del 1.45 %, equivalente a 565,155 extranjeros que no salieron a tiempo.
Durante el año fiscal 2024, el CBP reportó una tasa sospechosa de exceso de estadía del 1.04 % (482,954 casos) y una tasa total de 1.15 % (538,548 casos), calculada sobre más de 46.6 millones de salidas esperadas de viajeros no inmigrantes.
En el caso específico de la República Dominicana, las autoridades estadounidenses registraron 15,905 casos de salidas tardías o estadías prolongadas de visitantes dominicanos con visas de paseo y de intercambio durante el año fiscal 2024.
Según los datos oficiales, las tasas de permanencia prolongada para ciudadanos dominicanos alcanzaron el 3.01 % en visas de turismo y el 5.78 % en visas de intercambio, cifras que mantienen al país bajo observación migratoria.
Como parte de las medidas disuasorias, en agosto del año pasado entró en vigor un programa piloto de fianza migratoria anunciado por el Departamento de Estado, con una duración prevista de 12 meses y vigencia hasta el 5 de agosto de 2026.
Inicialmente aplicado a países como Malawi y Zambia, el programa se amplió a más de una veintena de naciones, incluyendo recientemente a Venezuela y Cuba, exigiendo a ciertos solicitantes de visas B1/B2 el depósito de una fianza de entre 5,000 y 15,000 dólares, monto que se determina durante la entrevista consular.
Con estas orientaciones, la Embajada de Estados Unidos reiteró la importancia de informarse adecuadamente antes y durante el viaje, recordando que respetar el tiempo autorizado de estadía es clave para mantener un historial migratorio limpio y preservar futuras oportunidades de ingreso al país.

