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El Grupo Unido de la Industria Automotriz de la República Dominicana (GUIA-RD), afirmó hoy que ese sector cerró el 2023 con más de 130 mil vehículos importados nuevos y usados y un crecimiento de un 11 por ciento anual en los últimos diez años, llegando a duplicar la propia dinámica de la economía cuyo PIB creció al 5 por ciento en dicho período.

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En ese sentido, la entidad respaldó el Decreto 420-23 que establece el reglamento del Registro Nacional de Vehículos de Motor, Remolques, Licencias para Concesionarios, Distribuidores, Vendedores y Clasificación de las Placas, porque impulsa los procesos de modernización, acordes a la rapidez con que crece el parque vehicular, manifestó en un comunicado de prensa la economista Wendy Capellán, directora ejecutiva de GUÍA-RD.

Capellán sostuvo que este reglamento fue sometido a dos procesos de vistas públicas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (CJPE), durante las cuales hicieron aportes diversas asociaciones e instituciones públicas y privadas, de conformidad con la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

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La directora ejecutiva de la GUÍA-RD precisó que dicho reglamento es una herramienta que fortalece la protección de los derechos del consumidor y respetar varias leyes, porque regulará mediante el otorgamiento de licencia la importación de vehículos de motor y servirá para erradicar la informalidad del sector, evitar la defraudación a ciudadanos, que luego no tienen a mecanismo viable para reclamar garantía alguna.

Capellán explicó que, además, permitirá suspender la licencia a quien incurra en prácticas irregulares como de la importar vehículos con el odómetro alterado, con el guía a la derecha e invertido, así como autos descartados y de salvamento que por causa de siniestros, inundaciones y catástrofes, hayan sido liquidados como pérdida total y cuya circulación haya sido prohibida en el mercado de origen o país de procedencia.

Indicó que incluye también los documentos hayan sido alterados o falseados con el propósito de que vehículos no aptos sean internados en el mercado local, ya que pueden constituir un atentado a la seguridad del usuario y un peligro para la seguridad pública y la protección del medioambiente, en apego a la Ley 63-17, el decreto 671-02 y al artículo 40 de la Ley 358-05 de Protección de los Derechos al Consumidor o Usuario, consagrado en el artículo 53 de la Constitución de la República.

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Expresó el respaldo de GUÍA-RD a la actualización de la Norma General sobre Regulación de Traspasos y Endosos en las Transferencias de Vehículos de Motor Nuevos y Usados (Norma 06-2013), mediante una mesa de trabajo con la DGII, para que la misma conserve su esencia y sea compatible con la constancia fehaciente de pago, establecida en la Norma General 06-2022 que regula la Exigibilidad de la Constancia Fehaciente de Pago por parte de la DGII en los Trámites de Vehículos de Motor y Remolques.

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