El gobierno dispuso una variación en el horario del toque de queda para los días 2, 3 y cuatro de abril (viernes, sábado y domingo santo), como medida excepcional por motivo de la Semana Santa.
La medida está contenida en el decreto 133-21, donde se establece que las medidas empiezan a correr a partir del jueves 18 de marzo, hasta la fecha antes indicada.
Por el período de Semana Santa se dispuso una excepción para los días dos, tres y cuatro de abril (Viernes Santo, Sábado Santo y Domingo de Resurrección) donde se establece el toque de queda a nivel nacional desde las 7:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana.
También para los referidos días se dispone la gracia de libre circulación de tres horas adicionales, es decir, hasta las 10:00 de la noche.
La medida también prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos, y privados de uso público.
En cuanto al sector turístico, las actividades serán reguladas siguiendo el protocolo sectorial establecido.