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La Junta Central Electoral autorizó la expedición de cédulas de identidad a menores a partir de los doce años de edad.

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La resolución 74-20 del organismo electoral especifica que todo menor que se presente a partir de la edad antes citada, deberá hacerlo acompañado por uno de sus padres.

En el caso de las niñas menores de doce años que se encuentran en estado de gestación, la JCE igualmente autoriza la entrega del documento a los fines de que los recién nacidos estén debidamente inscritos en el registro civil.

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Los oficiales del estado civil podrán aceptar declaraciones de los menores que presenten la cédula de identidad aunque el organismo deberá determinar la veracidad de las informaciones suministradas.

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La JCE instruyó hacer una amplia campaña educativa a los fines de dar a conocer a la ciudadanía la nueva disposición.

Hasta la fecha, la Cédula de identidad era entregada a partir de los dieciséis años.

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