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Santo Domingo, RD.- A la fecha han transcurrido cinco (05) días desde que la Procuraduría General de la República (PGR) y la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA) fueron intimadas por el Ex Senador por la provincia de María Trinidad Sánchez y actual dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) Jesús Antonio Vásquez Martínez (Chu), para que pusieran a su disposición, conforme lo establece el artículo 298 del Código Procesal Penal, el universo de todos los elementos de pruebas reunidos durante la investigación del caso ODEBRECHT, conforme al acto de alguacil No. 1094-2018, de fecha 18 de julio de 2018. Lo anterior al tenor de lo dispuesto por el artículo 298 del Código Procesal Penal, que dispone expresamente lo siguiente: “Art. 298.- Convocatoria. Cuando se presente la acusación, el secretario notifica a las partes e informa al ministerio ponga a disposición de las partes los elementos de prueba reunidos durante la investigación, quienes pueden examinarlos en el plazo común de cinco días. Por el mismo acto, convoca a las partes a una audiencia oral y pública, que debe realizarse dentro de un plazo no menor de diez días ni mayor de veinte”.

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Con esta, sería la tercera ocasión que el ex presidente del Senado Chu Vásquez, le solicita al Ministerio Público que, en atención al deber de objetividad y legalidad al que debe sujetar sus actuaciones, cumpla con la ley y ponga a su disposición todos los documentos reunidos durante la investigación, para estar así en debidas condiciones de ejercer de manera efectiva su derecho de defensa, sin recibir respuesta alguna por parte del órgano acusador, tal y como se corrobora con las instancias de fecha 14 y 19 del mes pasado, recibidas por la PGR y el PEPCA.

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Se recuerda que el 17 de julio del año en curso, mediante Auto No. 04-2018, fue ordenada por el Juez de la Instrucción Especial de la Jurisdicción Privilegiada de la Suprema Corte de Justicia apoderado del caso ODEBRECHT, la reposición de los plazos (10 días a partir de la notificación) a favor de todos los imputados, para que estos puedan ejercer sus derechos y presentar los medios de defensa que estimen de lugar, dentro de los cuales se encuentra el acceso al universo de los documentos que conforman dicho expediente.

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Por lo que en ese sentido, el no cumplimiento por parte del Ministerio Público en lo que respecta a la puesta en disposición de Chu Vásquez del universo de todos los medios de prueba reunidos durante la etapa de investigación, además de constituir una violación a la ley que imposibilita a Chu Vásquez ejercer debidamente su derecho de defensa, constituye un obstáculo creado por la misma parte acusadora que conllevará un perjuicio inminente para la legitimidad del proceso en cuestión y del desenvolvimiento del mismo.

La audiencia preliminar del caso ODEBRECHT se encuentra fijada para el día martes siete (07) de agosto del año en curso, a las 9:00 A.M., en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia, conforme al referido Auto No. 04-2018, previamente citado. Los abogados del ex Secretario General del PRM, los Licdos. JORGE LUÍS POLANCO, MANUEL CONDE y JORGE A. LÓPEZ HILARIO, establecen que deducirán las consecuencias jurídicas de rigor en caso de que el Ministerio Público se abstenga de poner a disposición de su defendido, todos los elementos de pruebas recolectados durante su investigación.

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