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Bartolo García

Santo Domingo. – El Tribunal Superior Administrativo (TSA) dictó la sentencia No. 0030-02-2025-SSEN-00493 mediante la cual anuló la alianza electoral aprobada en la Resolución número CNE-(CARD)-001-2023, al determinar que el Consejo Nacional Electoral del Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) carecía de facultades para avalar o modificar este tipo de pactos.

El tribunal precisó que aprobar una alianza después de haberse realizado las votaciones constituye una irregularidad que vulnera los estatutos internos del gremio, al tiempo que ordenó separar los votos emitidos bajo ese acuerdo.

En su decisión, el TSA recordó que el único órgano con potestad para modificar los estatutos electorales es el Consejo Nacional del CARD, no así el Consejo Nacional Electoral, que actúa únicamente como administrador del proceso.

El fallo marca un precedente trascendental en la historia electoral del gremio, pues junto con sentencias previas del Tribunal Superior Electoral (TSE) refuerza la necesidad de que los procesos internos se desarrollen con estricto apego a los estatutos.

Como consecuencia inmediata, el fallo del TSA obliga a revisar también las alianzas reconocidas en la misma resolución en al menos seis seccionales provinciales, algunas de las cuales habían modificado resultados que originalmente favorecían a otros candidatos.

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Entre los principales efectos, se encuentra el impacto en el resultado nacional de las elecciones gremiales, donde la alianza anulada favorecía a Trajano Vidal Potentini. Con la decisión judicial, se abre paso al reconocimiento de la victoria de Yohan López como presidente del CARD, proceso que todavía se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional.

Los jueces resaltaron que la aplicación estricta de las normas internas es vital para preservar la legitimidad del voto gremial y la confianza de los abogados en sus instituciones representativas.

El TSA enfatizó que cualquier modificación a las reglas del proceso electoral debe hacerse con anterioridad a las votaciones y con apego a los mecanismos formales de reforma estatutaria.

Además, subrayó que la transparencia en los comicios gremiales fortalece no solo la institucionalidad del CARD, sino también la credibilidad del ejercicio democrático dentro de los colegios profesionales.

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La decisión fue recibida con reacciones divididas dentro de la comunidad jurídica: mientras un sector lo ve como un triunfo de la legalidad, otros consideran que prolonga la incertidumbre en la conducción del gremio.

Juristas y analistas políticos coincidieron en que este fallo contribuirá a clarificar los límites de acción de los organismos electorales internos, evitando futuras controversias similares.

Para los miembros del CARD, el pronunciamiento del TSA se convierte en una señal de que la democracia interna debe respetar las reglas establecidas y no puede ser alterada por acuerdos extemporáneos.

Con esta decisión, se espera que en los próximos meses se defina de manera definitiva la composición de la nueva directiva del Colegio de Abogados de la República Dominicana, en un proceso que ahora depende de la revisión en curso del Tribunal Constitucional.

En definitiva, el fallo reafirma que el voto de los abogados debe ser respetado y protegido bajo normas claras, reforzando el principio de que ninguna alianza puede imponerse fuera de los cauces legales previstos por los estatutos.

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