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Santo Domingo. – El Ministerio de Trabajo anuncia las fechas correspondientes a los días feriados durante el año 2024, dando cumplimiento a la Ley 139-97, la cual establece el traslado de los días feriados.

Altice

La Ley No. 139-97, de fecha 19 del mes de junio del año 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en la Gaceta Oficial No. 9957, de fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido por nuestra legislación, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país.

En tal virtud, los días feriados se aplicarán de la siguiente manera:

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El miércoles 1ro. de enero, fecha de celebración de Año Nuevo, no se cambia.

El lunes 6 de enero, día de los Santos Reyes, no se cambia.

El martes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.

El domingo 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, no se cambia.

En tanto que, el jueves 27 de febrero, día de la Independencia Nacional es inamovible.

También es inamovible, el viernes 18 de abrilViernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.

Asimismo, el jueves 1ro. de mayo, día del Trabajo, se trabaja y se cambia para el lunes 05 de mayo.

El jueves 19 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.

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De igual forma, el sábado 16 de agosto, día de la Restauración de la República, no se cambia.

El miércoles 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, no se cambia.

En tanto que, el jueves 06 de noviembre, día de la Constitución, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de noviembre.

El jueves 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.

Esta información completa de los días feriados correspondientes al año 2025, puede ser descargada en el portal web de la institución www.mt.gob.do y publicada en las redes sociales institucionales y medios de comunicación.

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