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SANTO DOMINGO.- Los médicos que haciendo todo lo que científicamente esté a su alcance intentando salvar la vida de la madre y del niño y no puedan preservar una, no tendrán consecuencias penales si deben optar por la interrupción del embarazo.

Altice

Esta apertura forma parte de la nueva propuesta de Código Penal que está siendo conocida en comisión de diputados.

La misma, ayudará al especialista de la salud a poder asumir riesgos propios de su profesión sin tener la limitante legal.

No obstante, el aborto queda penalizado en cualquier otra de sus variantes creando un equilibrio racional con lo que plantea la Constitución sobre el inicio de la vida desde su concepción.

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De hecho, para los profesionales de la salud que por su condición abusen de su oficio y causen o ayuden a causar el aborto, habrá sanciones de cuatro y hasta diez años de prisión lo que cierra la posibilidad de que se abuse de la condición.

Ayer, el vicepresidente ejecutivo de la Fundación Justicia y Transparencia en una visita de cortesía a la presidencia de la Cámara de Diputados afirmó que los congresistas deberán buscar un consenso con todos los sectores sabiendo que es imposible estar de acuerdo en todos los puntos.

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Señaló que cada sector (científico, la Fe y las feministas), presentan argumentos válidos pero, que al final es responsabilidad de los congresistas la aprobación de una pieza penal acorde a lo que demanda la sociedad en materia de seguridad.

Sobre las penas
—1— Condena
Serán procesados con penas de dos hasta tres años de prisión quienes causen la interrupción del embarazo.

—2— Intento
En los casos donde por intentar abortar se cause lesiones a la cría, se penará con dos años.

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