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Bartolo García

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Santo Domingo, D.N. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) acogió de manera unánime una medida cautelar presentada por el dirigente político Eleuterio Abad Santos, suspendiendo de inmediato la Resolución núm. 3 emitida por el Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) el 3 de marzo de 2025, la cual convocaba a una elección anticipada de precandidatura presidencial.

Como parte de la decisión, el Tribunal también ordenó la suspensión de la reunión del Comité Central del PLD prevista para el próximo sábado 8 de junio, por entender que esta forma parte del cronograma derivado de la resolución suspendida.

La sentencia del TSE establece que existen méritos suficientes para adoptar la medida, al considerar que se trata de una acción urgente que protege los principios de equidad, legalidad y participación democrática dentro del partido.

El órgano jurisdiccional electoral rechazó de manera categórica los medios de inadmisión presentados por los abogados del PLD, que alegaban falta de legitimidad, vicios procesales y otros argumentos para frenar el conocimiento del caso.

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Los jueces concluyeron que la convocatoria interna del PLD vulnera disposiciones clave de las leyes núm. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y 20-23 sobre el Régimen Electoral, así como lineamientos de la Junta Central Electoral que prohíben proclamaciones o campañas anticipadas fuera del calendario oficial.

Con esta decisión, el Tribunal reafirma su rol como garante del respeto a la institucionalidad y la legalidad en los procesos internos de las organizaciones políticas, especialmente en etapas preelectorales.

La audiencia para conocer el fondo de la demanda fue fijada para este lunes 26 de mayo a las 2:00 de la tarde, donde se debatirá la nulidad definitiva de la resolución impugnada.

Eleuterio Abad Santos, demandante en el caso, argumentó que el proceso vulneraba derechos fundamentales como la igualdad de oportunidades, el debido proceso interno y el principio de no discriminación dentro de los partidos.

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El dirigente sostuvo además que el calendario interno aprobado sin consenso quebranta los derechos de los aspirantes y fue impuesto sin la debida convocatoria estatutaria.

Esta medida del TSE impone un alto momentáneo al proceso interno del PLD y podría abrir paso a nuevas reestructuraciones o consensos entre los dirigentes de cara a la definición de su liderazgo presidencial.

El caso ha generado fuertes reacciones dentro del partido morado, donde diversos sectores reclaman mayor transparencia, apertura y apego a las normas vigentes en sus procesos internos.

El Tribunal Superior Electoral ha reiterado en varias ocasiones su compromiso con garantizar el respeto al marco legal que rige la vida interna de los partidos, evitando prácticas unilaterales que afecten la equidad política.

En este contexto, la decisión ha sido vista como un paso importante hacia una cultura democrática más sólida, en la que los procesos internos estén sujetos al escrutinio de la legalidad y no solo a la voluntad de las cúpulas partidarias.

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