El Consejo Directivo del Colegio Dominicano de Notarios
El Consejo Directivo del Colegio Dominicano de Notarios es el órgano deliberativo y rector de la institución, con competencias para establecer las políticas generales para su buen funcionamiento y resolver lo que no esté atribuido a otro organismo o funcionario. Sus funciones están establecidas en el artículo 12 del Estatuto constitutivo y en el artículo 9 de la Ley sobre Notariado e instituye el Colegio Dominicano de Notarios, No. 140-15, del 7 de agosto de 2015.
Funciones del Presidente del Consejo
El presidente del Consejo es a su vez, presidente del Colegio y le corresponde cumplir y hacer cumplir las leyes, los estatutos, los reglamentos y resoluciones del Colegio Dominicano de Notarios; además, entre otras, de convocar las reuniones del Consejo Directivo y la Asamblea General, siempre de acuerdo con el Estatuto y sus objetivos de fomentar la unión, armonía, solidaridad, participación y agrupamiento de todos los notarios.
Violaciones al Estatuto del Colegio
Desde hace mucho tiempo, los miembros del Consejo Directivo nacional han observado un comportamiento “con claras señales de dictadura y aproximación a la tiranía” en la toma de decisiones por el Dr. Pedro Rodríguez Montero, presidente del Colegio, sin respetar el Estatuto, los reglamentos ni la ley notarial y excluyente del Consejo Directivo que, como indica la ley, es el órgano de dirección ejecutiva.
Frente a las desinformaciones generadas y la imposibilidad de hacerlo a lo interno, la mayoría de los directivos han decidido exponer a los notarios y notarias del país y a la opinión pública en general, algunas pinceladas palpables, todas documentadas, de violaciones al Estatuto del Colegio Dominicano de Notarios. A saber:
- El presidente ha abierto varias cuentas bancarias especiales sin cumplir con el artículo 37 del Estatuto que indica que debe ser “en el banco que designe el Consejo Directivo” y, peor aún, sin que nadie conozca “los estados y balances de dichas cuentas” porque las mismas no aparecen en los estados financieros del Colegio para “hacer los reparos a que hubiere lugar.”
- El presidente se autoasigna pagos de dietas y viáticos en dólares y euros para viajes internacionales sin someterlo a aprobación del Consejo Directivo y sin rendir cuentas de los gastos en que incurre en esas actividades. El artículo 45 del Estatuto dice que las dietas y viáticos “se harán con arreglo a disposiciones del Consejo Directivo”.
- El presidente inició una construcción en el patio interior de la Sede Central del Colegio sin la realización de ningún tipo de licitación y sin presupuesto No tiene planos aprobados por el ayuntamiento ni por el Ministerio de Obras Públicas y, ni siquiera, un profesional de la ingeniera colegiado que esté al frente de la misma.
Estas son solo algunas de las violaciones al Estatuto que han sido documentadas y expuestas por los miembros del Consejo Directivo. Es necesario que se tomen medidas para reencauzar la dirección del Colegio y someterla al ordenamiento jurídico del Estado.
Con razón, la profesión de abogados y notarios no avanza,si eso es verdad.. Andamos muy mal..😠