PreCoHis cumple con su deber con la comunidad dominicana en NYC
Por Ramón Mercedes
La entidad Prensa & Comunidad Hispana (PreCoHis) sostiene que tras cerrarse el periodo de inscripciones ante la Autoridad de Vivienda NYC (NYCHA) que perduró una semana abierto (del día 3 al 9) y que recibió 634 mil solicitudes, cumplió con su deber, principalmente con la comunidad dominicana residente en esta ciudad.
PreCoHis, con su slogan “Luchando por el Interés Colectivo Hispano”, es dirigido por el autor de esta crónica, quien mantuvo la publicación permanente durante dicha semana por más de 30 medios (Periódicos, Radio y TV) de lectura, escucha y visión masiva en la Gran Manzana, especificando entre otras cosas:
- Donde aplicar para un apartamento
- Para preguntas, teléfonos a llamar
- Las ubicaciones de las oficinas de la Sección 8 en la urbe
En vista de los altos precios de alquiler de vivienda en NYC, el gran déficit habitacional, el programa de Sección 8 cerrado por más de 15 años, fueron las causas cuasi-obligadas de PreCoHis cumplir con su slogan “Luchando por el Interés Colectivo Hispano”
Con la kilométrica lista de solicitantes, ahora el NYCHA revisará y eliminará duplicados de la misma aplicación.
200,000 solicitantes serán elegidos en un proceso de lotería para hacer parte de la lista de espera. Posteriormente, recibirán confirmación de su elegibilidad para ser beneficiarios con un vale de sección 8.
El objetivo de NYCHA es tener esa nueva lista de espera a más tardar el 1 de agosto. Una vez establecida, emitirán aproximadamente mil vales por mes. Los vales podrán ser utilizados por los beneficiarios como un subsidio de arriendo en viviendas del sector privado, pagando un 30% del valor del alquiler y el resto será subsidiado.
La elegibilidad para un vale de sección 8 se determina en función del tamaño de la familia y sus ingresos económicos, que pueden oscilar entre 54 mil 350 dólares anual para una sola persona y 77 mil 650 dólares para una familia de cuatro.
NYCHA confirma que se les dará prioridad para recibir sección 8 a las personas con discapacidades que habiten en viviendas de difícil acceso.