Close Menu
El Jacaguero
    Facebook X (Twitter) Instagram

    — Publicidad —

    Banco Popular
    El Jacaguero
    Facebook X (Twitter) Instagram
    • Inicio
    • Mundo
    • Deporte
    • Espectáculos
    • Tecnología & Ciencia
    • Opiniones
    • Nacionales
    • Economía
    • Salud
    El Jacaguero
    Inicio»Nacionales»TC anula Ley 33-18 que otorgaba poder a la cúpula de partidos
    Nacionales

    TC anula Ley 33-18 que otorgaba poder a la cúpula de partidos

    Tribunal Constitucional anula disposición clave de la Ley 33-18 sobre selección de candidatos en RD Santo Domingo, República Dominicana. El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional y anuló el párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que otorgaba a los organismos de dirección de estas organizaciones el poder […]
    El JacagueroPor El Jacaguero9 mayo, 2019Actualizado:19 septiembre, 20264 min de lectura
    TC anula Ley 33-18 que otorgaba poder a la cúpula de partidos

    Tribunal Constitucional anula disposición clave de la Ley 33-18 sobre selección de candidatos en RD

    Santo Domingo, República Dominicana. El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional y anuló el párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que otorgaba a los organismos de dirección de estas organizaciones el poder exclusivo para decidir el tipo de padrón, modalidad y método en la selección de candidatos para elecciones presidenciales, congresuales y municipales.

    Detalles de la sentencia y su impacto en la democracia interna

    El TC eliminó la expresión que establecía que el Comité Central, Comisión Ejecutiva, Comisión Política, Comité Nacional o sus equivalentes tenían la facultad exclusiva para definir la modalidad y método de selección. Esta decisión responde a una acción directa de inconstitucionalidad presentada el 17 de agosto de 2018 por los abogados Juan Jesús Peña Ventura, Pascual Guzmán y José Ramón Ovalle Vicente.

    Con esta resolución, el Tribunal Constitucional fortalece la participación democrática interna en los partidos políticos, al impedir que solo los organismos de dirección tomen decisiones cruciales sin la intervención de la membresía. Así, se garantiza que los procesos internos respeten la Constitución y los principios democráticos.

    Contexto reciente: otras anulaciones del Tribunal Constitucional relacionadas con la Ley 33-18

    El pasado 6 de abril, el TC también declaró inconstitucional la disposición de la Ley 33-18 que penalizaba la difusión de mensajes negativos en redes sociales durante la precampaña electoral, los cuales pudieran afectar la imagen de los candidatos. En esa ocasión, se anuló el numeral 6 del artículo 44 de la misma ley, promulgada el 13 de agosto de 2018.

    Resumen del caso y argumentos de los abogados demandantes

    Los abogados Peña Ventura, Guzmán y Ovalle Vicente impugnaron el párrafo III del artículo 45 argumentando que esa disposición limita la democracia interna de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas. Según ellos, otorgar exclusividad a los comités centrales y otras comisiones impide la participación activa de la base en decisiones relevantes, como la modificación de estatutos y la selección de candidatos.

    Decisión definitiva del Tribunal Constitucional

    El Tribunal Constitucional declaró:

    “La expresión del párrafo III del artículo 45 de la Ley 33-18, que señalaba que el Comité Central, Comisión Ejecutiva, Comisión Política, Comité Nacional o su equivalente tienen facultad para decidir la modalidad y método a utilizar, es contraria a la Constitución y se pronuncia su nulidad.”

    Asimismo, el TC estableció la interpretación constitucional correcta del artículo 45, que ahora señala:

    “Artículo 45.- Procesos para selección de candidatos. El proceso para la selección de candidatos y candidatas a cargos de elección popular en las elecciones nacionales, provinciales, municipales y distritales se efectuará conforme a la Constitución y la ley. El organismo competente en cada partido, agrupación o movimiento político para decidir el tipo de padrón, modalidad y método será aquel u aquellos que señalen sus estatutos, siempre que no vulneren la Constitución ni las leyes.”

    Conclusión: mayor transparencia y participación en los procesos electorales internos

    Esta decisión del Tribunal Constitucional de la República Dominicana marca un avance importante en la regulación de los procesos internos de selección de candidatos. Al eliminar la exclusividad de los órganos directivos, se abre la puerta a una mayor participación democrática dentro de los partidos políticos, movimientos y agrupaciones.

    Con esta sentencia, se refuerzan los principios de transparencia y pluralidad, elementos esenciales para fortalecer la democracia interna y la confianza en los procesos electorales en el país.

    Share. Facebook Twitter Pinterest LinkedIn Tumblr Email

    Tu reacción cuenta

    ¿Te resultó interesante esta noticia?

    Marca “Me gusta” y ayúdanos a destacar las historias que importan.

    0 lectores reaccionaron

    0 Comentarios

    La conversación continúa aquí. Sé respetuoso y aporta tu punto de vista.

    Sé la primera persona en dejar un comentario.

    Los comentarios están cerrados para esta publicación.

    El Jacaguero
    El Jacaguero

    El Jacaguero es una fuente de noticias en línea que se especializa en brindar a sus lectores las últimas novedades sobre la República Dominicana.

    Publicaciones relacionadas

    Muere Mathias Sainthil, jefe de la banda Boston, tras ataque con dron en Haití

    7 noviembre, 2026

    Abinader inaugura en Madrid primera feria inmobiliaria dominicana y presentan plataforma para verificar proyectos de vivienda

    7 noviembre, 2026

    Dominicana y hombre de 66 años son asesinados a tiros en East Harlem

    7 noviembre, 2026

    El tiempo

    Pronóstico en República Dominicana

    Santiago y Santo Domingo · Datos de Open-Meteo

    🌤

    Santiago

    Mayormente despejado

    31°Máx. 32° · Mín. 22°
    ⛅

    Santo Domingo

    Parcialmente nublado

    29°Máx. 30° · Mín. 22°

    Divisas

    Conversión a peso dominicano

    USD → DOPDólar estadounidense
    RD$60.98
    EUR → DOPEuro
    RD$68.39

    US$1 y €1 equivalen a · Tasa de referencia · 6 noviembre, 2026

    El Jacaguero
    XXFacebookInstagram
    • Inicio
    • Mundo
    • Deporte
    • Espectáculos
    • Tecnología & Ciencia
    • Opiniones
    • Nacionales
    • Economía
    • Salud
    © 2026. Designed by Codemasters.dev
    • Política de privacidad
    • Sobre nosotros
    • Resultados deportivos

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.