PLD y la Controversia de las “Primarias Abiertas, pero Cerradas”
Nelson Encarnación
El Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) sorprendió este lunes al anunciar, tras meses sin reunirse, que solicitará a la Junta Central Electoral (JCE) la autorización para realizar unas primarias que denomina “abiertas, pero cerradas”.
Esta propuesta busca que la JCE excluya a los ciudadanos registrados en las listas de otros partidos, impidiéndoles votar en las primarias peledeístas. Esta decisión fue aprobada por el Comité Central del PLD el 26 de octubre del año pasado, en un contexto cargado de expectativas y posibles conflictos.
El Debate sobre las Primarias Abiertas en el PLD
Contradicciones en la Postura del PLD
Primero, es importante reconocer que, tras una intensa batalla legislativa y mediática para aprobar las primarias abiertas, el PLD ahora rechaza esta modalidad para sus procesos internos.
Segundo, la ley 33-18 de Partidos, Movimientos y Agrupaciones Políticas establece claramente las modalidades de primarias, sin contemplar la segregación de militantes según su afiliación partidaria.
Implicaciones Legales y Constitucionales
Además, aplicar esta exclusión vulneraría el derecho al voto de todos los dominicanos mayores de 18 años, quienes podrían sentirse convocados a participar en las primarias del PLD, que se realizarán con el padrón general de la JCE.
En esencia, ningún ciudadano en pleno uso de sus derechos constitucionales puede ser impedido de votar en estas primarias, aunque figure en el padrón de otro partido. La oposición a las primarias abiertas radicaba justamente en el temor de que seguidores de otras fuerzas políticas pudieran influir en las decisiones internas del PLD.
Contexto Legislativo y Político
Antes de la aprobación de la ley, los legisladores debieron prever la necesidad de otorgar a la JCE un mandato explícito para segregar militantes, ya que sin ello, el concepto de “primarias abiertas” pierde sentido.
Otro punto clave es la reciente declaración del expresidente Danilo Medina, quien en la evaluación de los jueces de la Suprema Corte de Justicia realizada por el Consejo Nacional de la Magistratura, afirmó que el padrón del PLD “no sirve”. Esto pone en duda la viabilidad de usar esa lista para el proceso electoral interno.
Conclusión: ¿Qué Esperar de la JCE?
Lo lógico sería que el Pleno de la JCE rechace esta solicitud, pues contradice el espíritu de la ley 33-18. Sin embargo, todo indica que no lo hará, y la razón se resume en una palabra contundente: cobardía.
Esta decisión marcará un precedente en la organización interna del PLD y en la manera en que se interpretan y aplican las normas electorales en la República Dominicana.
Contacto: [email protected]





