Por JUAN T H
El Código Procesal Dominicano establece en sus artículos 224 y el 276 que la Policía sólo puede arrestar a un ciudadano si lo encuentra cometiendo un crimen o delito (infraganti) o mediante una orden de un juez. Debe –como en las películas y series estadounidenses- mostrar su placa explicarle porque lo agarra y decirle sus derechos, cosa que casi nunca ocurre.
La policía dominicana aún mantiene elementos ideológicos dictatoriales heredados de los regímenes de fuerza que hemos tenido durante muchos años. Quitarle esa concepción trujillista de que “el civil no es gente”, requiere de educación, organización, recursos y tiempo.
Una Constitución, ni un Código cambiarán décadas de abusos y atropellos a los ciudadanos.
La Constitución es moderna, el Código Procesal avanza al igual que en otros países, aunque no siempre se toma en cuenta la realidad local. Extrapolar leyes de países más ricos y educados que el nuestro no es bueno. Estamos exportando leyes sin ver los resultados. Dicen muchos abogados y ciudadanos que el actual Código favorece a los delincuentes.
No quiero distraerme en disquisiciones jurídicas, que de poco o nada sirven; lo que deseo tratar es el arresto de los ciudadanos.
Sucede que es muy difícil apresar a una persona, no por falta de actitud policial, sino de los jueces que tienen que autorizarlo. Una orden de arresto suele tardar una, dos, tres y hasta un mes a pesar de las pruebas presentadas. Muchas veces la policía está atada de manos.
No hace mucho tres individuos penetraron a una vivienda en la Zona Colonial después de las tres de la madrugada, donde, además de la pareja, un extranjero que viaja por el mundo resolviendo conflictos humanitarios y su compañera, dominicana, estaban dos niñas de unos 17 años, y la señora del servicio. Los capos pedían una cantidad de dinero que no existía, prendas, relojes, “caja fuerte”, etc.
Esas personas, como podemos imaginar, pasaron el susto de sus vidas nada más y nada menos que en su propia casa. La pareja sólo pensaba “en las niñas”, en lo que podían hacerles estos desalmados. El hecho ocurrió, repito, en la Zona Colonial, tal vez el sector más vigilado de la capital. Ellos no quisieron hacer la denuncia públicamente para “no hacerle daño al turismo ni al país”.
Las cámaras tanto de la casa como de las calles mostraron con toda claridad a los capos. A pesar de la denuncia realizada poco después del robo, la policía, con la evidencia en las manos no pudo arrestarlos hasta que días después se emitió la orden.
Conozco otros casos más preocupantes de ladrones que no son arrestados a pesar de tener un historial de crímenes, robos, violaciones y otros delitos, de tener varias fichas policiales y de ser identificados por las cámaras y los testigos. Simplemente la orden del juez se dilata lo cual le permite a los capos actuar en otros hogares de manera violenta.
Con las evidencias en las manos una orden de arresto no puede durar más de una o dos horas. Ese proceso debe ser agilizado, como sucede en las películas norteamericanas y en las series CSI. Las Venas. (En la escena del crimen)
Arrestar a una persona después de una investigación minuciosa de parte de la policía, debe hacerse preventivamente a la mayor brevedad posible, lo cual evitará “intercambios de disparos”, reales o falsos.
Por otro lado, los jueces no pueden ser tan indulgentes con los delincuentes recurrentes. No sé cómo es que un criminal, violador, atracador y ladrón (no me refiero a los políticos) puede tener diez y hasta quince fichas policiales. No lo sé. Lo que sí sé es que nadie está seguro en ningún lugar. Los delincuentes se han apoderado de las calles, en el día y en la noche.
El Jacaguero
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