Normativas y Derechos para Personas con Discapacidad en la Ley Notarial Dominicana
Nelson Rudys Castillo Ogando
Notario y abogado
Protección legal para personas con discapacidades sensoriales
La ley notarial de 2015 en la República Dominicana establece en su artículo 33, párrafos II y III, medidas para proteger a las personas con discapacidades visuales y auditivas frente a posibles fraudes. Por ejemplo, cuando el compareciente es no vidente, el notario debe leer el acta en voz alta con la asistencia de dos testigos. En el caso de personas sordomudas que no puedan leer ni escribir en el sistema común, también se requiere la presencia de dos testigos.
Sin embargo, estas disposiciones, basadas en una visión paternalista del derecho, se han transformado en una forma de discriminación hacia las personas con discapacidad sensorial. Actualmente, la tecnología avanzada ha eliminado las razones que justificaban estas restricciones.
Avances tecnológicos que impulsan la inclusión
Hoy existen dispositivos digitales con caracteres braille y voz sintética, además de periféricos que convierten la información de las pantallas en formatos accesibles. Estos avances permiten que las personas con discapacidades visuales o auditivas expresen su voluntad con total autonomía y naturalidad.
Compromisos internacionales en materia de discapacidad
La República Dominicana ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo mediante la Resolución del Congreso Nacional núm. 458-08, publicada en la Gaceta Oficial núm. 10495 el 30 de octubre de 2008.
Esta Convención, en su artículo 13, establece que los Estados deben garantizar el acceso a la justicia para las personas con discapacidad en igualdad de condiciones, implementando ajustes procesales adecuados para facilitar su participación efectiva en todos los procedimientos judiciales.
Reformas necesarias para una ley notarial inclusiva
En caso de una futura reforma a la ley notarial, más allá de temas como tarifas, embargos o tipos de papel, es fundamental actualizar el lenguaje normativo. Se recomienda eliminar términos inadecuados y discriminatorios como “ciego”, “sordo”, “mudo” o “sordomudo”.
Además, es urgente implementar programas permanentes de capacitación para jueces, fiscales, notarios, alguaciles y demás operadores de justicia sobre los derechos y necesidades de las personas con discapacidad. Esto contribuirá a erradicar prácticas discriminatorias y a promover una justicia más inclusiva.
Hacia una legislación alineada con los tratados internacionales
Con estos cambios, la ley notarial dominicana y otras normativas que aún usan términos obsoletos se ajustarán a la Convención aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, hace ya más de 13 años.
La modernización legal es un paso indispensable para garantizar la igualdad real y efectiva de las personas con discapacidad. Es momento de actuar y actualizar nuestras leyes para una sociedad más justa e inclusiva.
