Publicidad
Banco Popular

Santo Domingo, RD.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró este viernes como inconstitucional el numeral 6 del artículo 44 de la Ley de Partidos Políticos 33-18 que castiga la divulgación de mensajes negativos en las redes sociales.

Altice

Asimismo, el TC declaró inconstitucional prohibir propaganda política durante la precampaña, por lo que queda sin efecto la resolución del Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) que suspendió las actividades proselitistas a aspirantes a cargos públicos.

Más:  Movimientos prometen focalizar gestiones formación educativa del CDP

El Tribunal acogió el recurso interpuesto por el abogado Namphi Rodríguez junto al comunicador Héctor Herrera Cabral, en septiembre del 2018.

La pieza legislativa tiene dos artículos que tratan sobre “la difusión de mensajes negativos a través de redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre crímenes de alta tecnología”.

Más:  Onda tropical provocará aguaceros con tronadas esta semana

Los artículos de la Ley 53-07 se refieren a la difamación y la injuria por medios electrónicos e impone sanciones que van de tres meses a un año de prisión y multa de cinco a 500 salarios mínimos.

Share.
Avatar photo

El Jacaguero es una fuente de noticias en línea que se especializa en brindar a sus lectores las últimas novedades sobre la República Dominicana.

Comments are closed.