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El presidente y Diputado Nacional del Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano, (PQDC), Dr. Elías Wessin Chávez, señaló hoy que al no recibir respuesta sobre el Recurso de Reconsideración sometido el pasado 6 de abril de 2022, ante el Consejo Nacional de Educación (CNE) contra la Orden Departamental No. 33-2019, solicitó que se haga una clara y precisa utilización de los términos política de género, educación no sexista y desconstrucción de los estereotipos de género, al tiempo que deberá definir en un glosario cada uno de los mismos a fin de contar con la precisión idiomática.

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En segundo lugar, Wessin Chávez, pidió que se realice un estudio pormenorizado del ambiente escolar en la República Dominicana, con relación a las diferencias entre niños, niñas y adolescentes en las escuelas y/o colegios privados del país, incluyendo el ambiente familiar en que se desarrollan los estudiantes a los fines de determinar si existe una desigualdad entre niños y niñas. Además, demandó que se incluya en el diseño e implementación de la política de género la participación activa de los padres, a fin de salvaguardar los derechos y obligaciones establecidos en la Constitución y las leyes de la República Dominicana.

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El legislador, exigió que se someta este proceso, al control del Consejo Nacional de Educación de conformidad con lo establecido en la Ley General de Educación número 66-97, en su artículo 76 que dispone lo siguiente: “El Consejo Nacional de Educación es el máximo organismo de decisión en materia de política educativa y junto al Secretario de Estado de Educación y Cultura es el encargado de establecer la orientación general de la educación dominicana en sus niveles de competencia, y de garantizar la unidad de acción entre las instituciones públicas y privadas que realizan funciones educativas”.

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El presidente del PQDC, Dr. Elías Wessin Chávez, reclamó que se declare la nulidad de la Orden Departamental número 33-2019 de fecha 22 de mayo del 2019, por exceder el ámbito de competencia del ministro de Educación Roberto Fulcar, en cuanto a su capacidad resolutiva, en virtud de lo establecido en el artículo 76 de la Ley General de Educación número 66-97, previamente citado.

Sostuvo que la Constitución Dominicana establece en el artículo 39.4 que “La mujer y el hombre son iguales ante la ley” y prohíbe “cualquier acto que tenga como objetivo o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio en condiciones de igualdad de los derechos fundamentales de mujeres y hombres”.

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