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El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró ayer inadmi­sible un recurso de amparo preventivo de extrema ur­gencia, que buscaba anular la convocatoria de la asam­blea de delegados del Parti­do Revolucionario Domini­cano (PRM) y su Dirección Ejecutiva.

Altice

Los magistrados Ygna­cio Pascual Camacho Hidal­go, presidente, y los jueces titulares Rosa Pérez de Gar­cía, Pedro P. Yermenos Fo­rastieri y Fernando Fernán­dez, adoptaron la decisión a unanimidad

Consideraron que en razón de que las quejas formuladas por el am­parista constituyen una cuestión de legalidad or­dinaria. El recurso de am­paro contra el PRM fue interpuesto por Andrés Cervantes Díaz Jiménez el 11 de este mes.

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La decisión, en la que se acogieron las conclusiones incidentales planteadas por la parte accionante, fue adoptada en virtud de lo previsto en el artículo 70, numeral 3 de la Ley 137-11, orgánica del Tribunal Cons­titucional y de los Procedi­mientos Constitucionales, “en razón de que las quejas formuladas por el ampa­rista constituyen una cues­tión de legalidad ordinaria que no puede ser atendi­do mediante una acción de amparo, dada la naturale­za especial de este proceso constitucional”.

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La Dirección Ejecutiva del gobernante PRM apro­bó el 9 de este mes la reali­zación de una Convención Nacional de Delegados, para escoger a sus autori­dades nacionales a todos los niveles. Esta decisión es rechazada por grupos de dirigentes perremeis­tas, que proponen una convención universal don­de vote toda la base del partido.

Para mañana fue convo­cado el Comité Nacional del PRM, organismo facultado para determinar la modali­dad de la convención.

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