El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró ayer inadmisible un recurso de amparo preventivo de extrema urgencia, que buscaba anular la convocatoria de la asamblea de delegados del Partido Revolucionario Dominicano (PRM) y su Dirección Ejecutiva.
Los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente, y los jueces titulares Rosa Pérez de García, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernández, adoptaron la decisión a unanimidad
Consideraron que en razón de que las quejas formuladas por el amparista constituyen una cuestión de legalidad ordinaria. El recurso de amparo contra el PRM fue interpuesto por Andrés Cervantes Díaz Jiménez el 11 de este mes.
La decisión, en la que se acogieron las conclusiones incidentales planteadas por la parte accionante, fue adoptada en virtud de lo previsto en el artículo 70, numeral 3 de la Ley 137-11, orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, “en razón de que las quejas formuladas por el amparista constituyen una cuestión de legalidad ordinaria que no puede ser atendido mediante una acción de amparo, dada la naturaleza especial de este proceso constitucional”.
La Dirección Ejecutiva del gobernante PRM aprobó el 9 de este mes la realización de una Convención Nacional de Delegados, para escoger a sus autoridades nacionales a todos los niveles. Esta decisión es rechazada por grupos de dirigentes perremeistas, que proponen una convención universal donde vote toda la base del partido.
Para mañana fue convocado el Comité Nacional del PRM, organismo facultado para determinar la modalidad de la convención.