El Tribunal Constitucional (TC) conoció y decidió en esta semana expedientes relativos a recursos de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales, demandas en suspensión de ejecución de sentencias y un recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo, durante sesiones de trabajo con la participación de las juezas y jueces que integran el Pleno.
El Pleno del TC, encabezado por su presidente, Dr. Milton Ray Guevara, conoció los expedientes números TC-04-2018-0158, TC-04-2019-0261, TC-04-2019-0056, TC-04-2020-0009, TC-04-2020-0008 y TC-04-2019-0156, relativos a recursos de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales. Asimismo, conocieron los expedientes TC-07-2020-0010, TC-07-2020-0007 y TC-07-2020-0013, sobre demanda en suspensión de ejecución de sentencia.
Los magistrados del órgano jurisdiccional también vieron los expedientes TC-05-2020-0001 y TC-05-2019-0264, relativos al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo.
En el expediente núm. TC-04-2018-0158, incoado por el ingeniero Livio Mercedes Castillo contra la Sentencia núm. 0030-01-2018-SSMC-00042 dictada por la Presidencia del Tribunal Superior Administrativo en fecha dos (02) de mayo de dos mil dieciocho (2018), la decisión adoptada fue declarar inadmisible el recurso.
En cuanto al expediente núm. TC-04-2019-0261, interpuesto por el señor Ezequiel Matos contra la Resolución núm. 102-2019-RPEN-00042, dictada por la Corte de Apelación de Barahona en fecha dieciséis (16) de abril de dos mil diecinueve (2019), se decidió declarar el recurso inadmisible.
Con motivo del expediente núm. TC-07-2020-0010, incoado por la Procuraduría del Distrito Judicial de La Vega contra la señora Danjhery Josefina Guzmán Gutiérrez contra la Sentencia núm. 212-2019-SSEN-00234, dictada por la Tercera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega en fecha tres (3) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), la decisión adoptada fue suspender la ejecución de sentencia solicitada.
En el expediente núm. TC-05-2020-0001, interpuesto por el señor Diógenes Montero Angomás, contra la Sentencia núm. 0030-04-2019-SSEN-00269, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo en fecha veintinueve (29) de julio de dos mil diecinueve (2019), la decisión adoptada por el Pleno fue acoger el recurso, consecuentemente revocar la sentencia y declarar inadmisible la acción de amparo.
En cuanto al expediente núm. TC-04-2019-0056, incoado por Inovalina Peña Rodríguez de Labour contra la Sentencia núm. 976, dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia en fecha veintinueve (29) de junio de dos mil dieciocho (2018), se decidió rechazar el recurso y, por tanto, confirmar la sentencia atacada.
Del mismo modo, el Pleno del TC conoció el expediente núm. TC-07-2020-0013, interpuesto por la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de La Vega, contra la Sentencia núm. 212- 2019-SSEN-00213, dictada por la Tercera Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de La Vega en fecha doce (12) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). La decisión tomada fue acoger la demanda.
En lo que respecta al expediente núm. TC-07-2020-0007, incoado por la Compañía Comercial Paola Karolina, S. A. (COPAKASA) y los licenciados Víctor Manuel Velázquez Hernández y José R. Méndez Ruiz, contra la Sentencia núm. 654, dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia en fecha doce (12) de julio de dos mil diecinueve (2019), se decidió rechazar la demanda.
Sobre el expediente núm. TC-05-2019-0264, interpuesto por Odali Rodolfo Cuevas Ramírez contra la Sentencia núm. 0049-2019-SSEN-00019, dictada por la Presidencia del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional en fecha doce (12) de junio de dos mil diecinueve (2019), la decisión adoptada fue declarar inadmisible el recurso.
En cuanto al expediente núm. TC-04-2020-0009, incoado por la señora Franchesca Escoto Prestol contra la Sentencia núm. 539, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras, Contencioso Administrativo y Contencioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia en fecha veinte (20) de septiembre de dos mil diecisiete (2017), se decidió declarar inadmisible el recurso.
Con motivo del expediente núm. TC-04-2020-0008, interpuesto por el señor Eligio Pineda contra la Sentencia núm. 2262, de fecha quince (15) de diciembre de dos mil diecisiete (2017), dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia, la decisión adoptada fue declarar el recurso inadmisible.
Finalmente, en lo que respecta al expediente núm. TC-04-2019-0156, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por los señores Braulio Jiménez y Yovanni Jiménez Rodríguez contra la Sentencia núm. 351-2018-SSEN-00085, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez en fecha diecisiete (17) de diciembre de dos mil dieciocho (2018), la decisión tomada fue declarar el recurso inadmisible.
El Tribunal Constitucional se mantiene sesionando en modalidad virtual debido a la situación causada por la pandemia del denominado COVID-19. A tales efectos, se han dispuesto medidas para asegurar la continuidad de las operaciones esenciales de manera presencial y el teletrabajo en una gran parte del personal. Esta semana estará sesionando igualmente. El TC informó que estas informaciones en estado de emergencia no sustituyen la publicación de los comunicados sobre adopción de decisiones que seguirán siendo emitidos conforme la normativa institucional.