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El director ejecutivo del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), Eddy Alcántara, se reunió con representantes de las principales industrias de productos de limpieza y sustancias químicas, para aclarar el alcance y los mecanismos de aplicación de la resolución 1060-2021, que establece restricciones para la comercialización de destapadores de tuberías que son utilizados en la fabricación del denominado “ácido del diablo”.

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En la reunión, Alcántara explicó a los industriales que la prohibición y restricción de la referida resolución establece claramente los mecanismos de controles que deben llevarse para comercializar productos individuales de la composición bajo la responsabilidad del distribuidor y detallista.

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Señaló que la aplicación de la resolución sólo se impone a los productos destapadores de tuberías cuya composición sea el resultado de la combinación de ácido sulfúrico, clorhídrico y nítrico, por lo que las restricciones no aplicarán a productos de limpieza de base alcalina, “ni a aquellos utilizados en la limpieza de piscinas, baterías u otros fines distintos a destapadores de tuberías”.

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Igualmente, se dijo que las industrias podrán comercializar estos productos atendiendo al estricto control y registro establecido en la referida resolución.

En el encuentro participaron, además del director ejecutivo de Pro Consumidor, la vicepresidenta ejecutiva de la AIRD, Circe Almánzar, y los señores Wadi Cano, de Industrias Claudette; Fabio Acosta, de Ardil Comercial; Wilma Pérez, de Axo Dominicana; Ney Marrero, Eloy Rodríguez y Juan Arturo Biaggi, de Industrias Meteoro; Ana González, de Linox del Caribe, entre otros.

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