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Proyecto de ley de Espaillat modifica la Ley de Ayuda Civil para Miembros del Servicio a fin de brindar mayor protección a los veteranos y sus familias

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NEW YORK, NY – Este mes, el congresista Adriano Espaillat (NY-13) introdujo la Ley de Vivienda para Proteger a los Estudiantes, los Solicitantes de Empleo y los Emprendedores Veteranos, a fin de resguardar y brindar mayor protección a los veteranos y sus familias.

“Actualmente, las propiedades residenciales y los caseros no garantizan que la asistencia educativa y los beneficios proporcionados a los veteranos a través del Departamento de Asuntos de Veteranos se aceptarán como ingresos para ayudar con los alquileres de viviendas residenciales”, dijo el Rep. Espaillat. “Esta limitación afecta a muchos veteranos y sus familias en mi distrito en su capacidad para acceder a viviendas asequibles y de calidad. Nuestros veteranos sirvieron a nuestra nación y, al regresar a casa, tenemos la responsabilidad de garantizar los beneficios y los recursos que los ayudarán a hacer la transición de regreso a la vida civil después de su servicio ―y mi proyecto de ley tiene como objetivo hacer precisamente eso”.

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La Ley de Vivienda para Proteger a los Estudiantes, los Solicitantes de Empleo y los Emprendedores Veteranos (H.R. 7885) propone una serie de enmiendas a la Ley de Ayuda Civil para Miembros del Servicio y requeriría que los caseros consideren cierta asistencia educativa administrada por el Secretario de Asuntos de Veteranos como ingresos, así como también exigir una período de alquiler de vivienda residencial que no exceda la cantidad de meses a la que una persona tiene derecho a asistencia educativa, para de este modo preservar la vivienda para los veteranos y sus familias.

El estatuto actual permite que el VA elimine o suspenda los beneficios para veteranos si ellos no cumplen con un requisito, incluso si se debe a circunstancias fuera del control del veterano, como una muerte u otros eventos importantes de la vida. Además, el proyecto de ley de Espaillat establecería un período de gracia de 60 días antes de que se le permita al VA cancelar los beneficios de asistencia educativa cuando una persona no cumple con un requisito del programa.

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“Estos últimos años nos han demostrado que las circunstancias personales pueden cambiar en un instante. Debemos asegurarnos de que los miembros del servicio, los veteranos y sus familias no se vean inmediatamente privados de recibir asistencia educativa o beneficios de capacitación laboral y, en cambio, se les brinde la oportunidad de remediar su falta en los requisitos del programa para garantizar que estos beneficios permanezcan vigentes”, concluyó Espaillat.

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