Asunto: Convocar Asamblea Electoral de Abogados a fin de Elegir Miembros Comisión Electoral del CARD.
Luis Collado
Colegas, Ciudadanos en General y Directiva del CARD:
Después de haber sido testigos de los incidentes recientes incitados por las autoridades del Colegio de Abogados, procede convocar de urgencia la Asamblea Electoral de Abogados a fin de conformar la Comisión Electoral del CARD.
Los videos en las redes son inequívocos sobre cómo empleados del Colegio de Abogados provocan la agresión física en contra de abogados que reclaman se conforme la Comisión Electoral del CARD, según lo previsto en la Ley de esta institución.
Más allá del interés de la Directiva del CARD en victimizarse, su irrespeto a nuestra clase juridica se comprueba por la sentencia del Tribunal Superior Administrativo de fecha 04 de Octubre del 2019, que tiene fe pública y fuerza probatorios, donde el Colegio de Abogados, en su calidad de accionado, declara como medio de defensa en contra del accionante, que no se había convocado a la Asamblea Electoral de Abogados a fin de conformar la Comisión Electoral del CARD, y que esta comisión era inexistente. De ahí, que lastima ver esa perversidad y falta de pudor entre lo que se afirmo ante el Tribunal Superior Administrativo y lo que descaradamente el Colegio de Abogados declara en una rueda de prensa señalando que sí se eligió en junio del 2019 la Comisión Electoral del CARD.
Considerando que es la propia confesión del CARD, contenida en la sentencia del Tribunal Superior Administrativo No. 0030-03-2019-SSNE-00286, foja Cuatro (4), Párrafo 1, de fecha 04 de Octubre del 2019, la que recoge las propias declaraciones del CARD, esto es, su confesión judicial sobre la inexistencia o no elección de los miembros de la Comisión Electoral del CARD; representada dicha institución por su abogado apoderado especial Dr. Manuel Emilio Galvan Luciano, según consta en la foja Dos (2) de la sentencia citada y que,hoy, aparece presidiendo una Comisión Electoral del CARD, que segun sus propios testimonios era inexistente; por lo que procede convocar de urgencia la Asamblea Electoral de Abogados a fin de conformar la Comisión Electoral del CARD y no proseguir burlándose cínicamente de la sociedad dominicana y de nuestra clase jurídica. El ejemplo de apego a la Constitución y las leyes comienza con los abogados, por lo que no se justifica cuchillo de palo en casa de herrero.
En ese orden de ideas, no se puede justificar que personas que no han sido electas como jueces estén actuando usurpando funciones, incurriendo en abuso de autoridad e imponiéndose descaradamente por la fuerza como árbitros.
Ello debe ser resuelto de buena fe, suspender inmediatamente dicha situación de ilegalidad y proceder de urgencia a la convocatoria de la Asamblea Electoral de Abogados para elegir los Jueces de la Comisión Electoral del CARD, salvo acuerdo entre todos los candidatos.
Adjuntos: Tres (3) fojas de la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que prueban la inexistencia de la convocatoria para escoger los miembros del CARD.
Confiamos en que ustedes, Directiva del CARD, se apeguen a la Constitución y las leyes vigentes, incluida su Ley Orgánica y no prosigan siendo caldo de cultivo de protestas .
Luis Collado
Pdte. Institucionalidad
Gremial del Abogado
@AbogadoLCollado