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 Santo Domingo. – El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el miércoles 16 de agosto “Día de la Restauración”, no se trabaja y su carácter no laborable no se cambia (por aplicación de la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte de Justicia). 

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Todos los trabajadores deben reintegrarse a sus labores cotidianas el jueves 17 de agosto, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados. 

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La celebración de esta fecha 16 de agosto, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país. 

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